ASUNTOS ELECTORALES TOMO I PARTE 4
328 ASUNTOS ELECTORALES 2022 SECCIÓN QUINTA ■ TOMO I ■ PARTE 4 del cargo al que se aspira. Al respecto, la Sección Segunda de esta Corporación ha indicado que la «experiencia relacionada» descrita en las normas vigentes no puede ser considerada como la «directamente relacionada con las funciones del cargo», ya que esta última corresponde a una «experiencia específica». (...). Por lo tanto, exigir que el desempeño de las funciones fuesen exactas con rigurosidad, acarrearía que para poder optar por el cargo, sería necesario la ejecución del mismo en otro momento, desdibujando el concepto anteriormente analizado. TESIS 3: Caso concreto. Para abordar el estudio de la controversia, resulta necesario precisar que los documentos aportados con las apelaciones no serán tenidos en cuenta para la solución del caso concreto, toda vez que, los recurrentes no solicitaron su práctica, decreto, ni incorporación. (...). Por otra parte, el [demandado] y la USCO manifestaron en sus escritos de apelación que el fallo incurrió en insuficiente valoración probatoria, debido a que la certificación de 29 de noviembre de 2021 aportada por el demandante estaba incompleta y no contenía la totalidad de las vinculaciones contractuales, legales y reglamentarias desempeñadas y que daban cuenta de su experiencia profesional relacionada, lo cierto es que esta Sala de Decisión, al verificar el expediente administrativo aportado con la contestación de la demanda por la USCO, logró evidenciar que reposa la hoja de vida completa del demandado, junto con la certificación proferida por la Oficina de Talento Humano de la universidad el 10 de febrero de 2022, prueba debidamente decretada y no cuestionada por las partes, la cual precisó cada una de las vinculaciones laborales y contractuales acreditadas por el [demandado] y que hicieron parte de la actuación administrativa. De igual forma, se analizarán los argumentos expuestos en el escrito de contestación de la demanda allegado por la USCO, el cual en su página 26 hizo un listado de los vínculos contractuales y laborales estudiados para el cumplimiento de la experiencia profesional relacionada del cuestionado vicerrector. Así las cosas, pese a la discrepancia, frente al certificado aportado con la demanda, se logra evidenciar, tal y como fue expuesto por el demandado y la USCO en sus apelaciones, que luego de revisado el tiempo de experiencia relacionada estudiado en la actuación administrativa, existe una diferencia en el resultado del tiempo analizado con las experiencias allí contenidas. Por lo tanto, la Sala concluye que existen otros medios de convicción de los cuales se puede analizar la totalidad de los vínculos contractuales que fueron objeto de estudio para corroborar la experiencia relacionada, motivo por el cual, serán estos los que se estudiarán para establecer si el demandado cumplió o no con el requisito hoy objeto de debate. Además debe reiterar la Sala, que la certificación de 10 de febrero de 2022 fue debidamente allegada y decretada como prueba y da cuenta de la experiencia profesional y relacionada acreditada por el demandado en sede administrativa. Esto sin perjuicio de que la fecha de expedición de la misma fuese posterior a la fecha de nombramiento como vicerrector administrativo,
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