ASUNTOS ELECTORALES TOMO I PARTE 4
307 NULIDAD ELECTORAL CONTRA ACTO DE ELECCIÓN DEL REPRESENTANTEDELOSFUNCIONARIOSYEMPLEADOSDELARAMA JUDICIAL ANTE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA RAMA JUDICIAL,VIOLENCIASOBRE LOS ELECTORES, SABOTAJE, PRINCIPIO DE EFICACIA DEL VOTO, INCIDENCIA DE LAS IRREGULARIDADES EN EL PROCESO ELECTORAL, EXPEDICIÓN IRREGULAR DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ELECCIÓN, PUBLICIDAD, DESIGNACIÓN DE JURADO DE VOTACIÓN, PUBLICACIÓN DE CENSO ELECTORAL RADICADO: 11001-03-28-000-2021-00050-00 FECHA: 26/05/2022 TIPO DE PROVIDENCIA: Sentencia PONENTE: Pedro Pablo Vanegas Gil DEMANDANTE: Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados de la Rama Judicial – ASONAL Judicial DEMANDADO: Luis Fernando Otálvaro Calle - Representante de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial ante la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, período 2021-2023 MEDIO DE CONTROL: Nulidad electoral Extracto No. 10 PROBLEMA JURÍDICO 1: ¿Es procedente decretar la nulidad de la elección de Luis Fernando Otálvaro Calle como representante de los funcionarios y empleados de la Rama ante la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, para el periodo 2021-2023, contenida en el Acuerdo CIRJA21-11 del 9 de agosto de 2021, si: i) Durante el desarrollo de la jornada de elección que concluyó con la expedición del acto demandado, se configuró un sabotaje electoral, en los términos del artículo 275, numeral 2, del CPACA, como consecuencia de la existencia de fallas técnicas en las plataformas tecnológicas utilizadas para el desarrollo del proceso? TESIS 1: La causal del artículo 275, ordinal 2, del CPACA – violencia y sabotaje contra los sistemas utilizados para el desarrollo de la elección. De conformidad con lo dispuesto en la referida disposición [ordinal 2 del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011], será nulo aquel acto electoral cuyo proceso de formación haya sido afectado por i) la destrucción de los documentos, elementos o el material electoral; ii) el empleo de violencia respecto de estos o contra los sistemas de votación, información, transmisión o consolidación de los resultados de las elecciones; o iii) maniobras de sabotaje en contra de los mismos elementos y sistemas. (…). [P]ara la configuración de los eventos de violencia o sabotaje debe existir una conducta dirigida a alterar, dañar u obstruir el correcto funcionamiento de los sistemas de votación, información, transmisión o consolidación de los resultados de las elecciones,
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