ASUNTOS ELECTORALES TOMO I PARTE 4
191 SOLICITUD DE ADICIÓN DEL AUTO, LÍMITES A LA ACTIVIDAD DEL COADYUVANTE, SUSPENSIÓN PROVISIONAL, IMPROCEDENCIA DE LA ADICIÓN DEL AUTO RADICADO: 68001-23-33-000-2021-00846-01 FECHA: 27/10/2022 TIPO DE PROVIDENCIA: Auto PONENTE: Pedro Pablo Vanegas Gil DEMANDANTES: Alejandro Villanueva Jaimes y otros DEMANDADO: Fredy Antonio Anaya Martínez, Contralor Departamental de Santander, periodo 2022-2025 MEDIO DE CONTROL: Nulidad electoral Extracto No. 42 PROBLEMA JURÍDICO: ¿Se debe acceder a la solicitud de adición presentada por el señor Noé Alexander Medina Sosa y a la presentada por el apoderado de la Asamblea Departamental de Santander, respecto de la providencia de 29 de septiembre de 2022, por medio de la cual la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la suspensión provisional del acto de elección del señor Fredy Antonio Anaya Martínez como contralor departamental de Santander, contenido en el acta de sesión ordinaria No. 119 del 30 de noviembre de 2021? TESIS 1: Cuestión previa. (…). [S]e ha establecido por la jurisprudencia electoralquelostercerosinteresadossolopodránhacerusodelosinstrumentos procesales concebidos por el ordenamiento cuando los coadyuvados actúan, circunscribiendosuparticipaciónaenriquecerargumentativamente laposición asumida por éstos. (…). [L]a Sección ha rechazado las peticiones elevadas por los coadyuvantes e impugnadores, cuando exceden a las facultades que se limitan a las partes, disponiendo del derecho de acción que ha sido empleado por ellas, al punto que ha desestimado los recursos ordinarios propuestos de manera independiente por los terceros intervinientes, luego de que el demandante o demandado se abstiene de interponerlos. Asimismo, ha denegado cualquier tipo de prosperidad a las solicitudes de control de legalidad –artículo 207 del CPACA– formuladas por coadyuvantes que, lejos de apoyar o enriquecer las consideraciones ya formuladas por las partes, resultan novedosas y realizadas de manera autónoma. Igualmente, ha negado las intervenciones que exceden los cargos de nulidad alegados por las partes, bajo el entendido de que su margen de actuación es restringido y está vinculado al debate propuesto por el actor. (…). En este caso concreto, el señor Noé Alexander Medina Sosa solicitó en conjunto con la Asamblea Departamental de Santander la adición a la providencia de 29 de septiembre de 2022, actuando en calidad de impugnador del demandado al interior del
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