ASUNTOS ELECTORALES TOMO I PARTE 4

175 RECURSO DE REPOSICIÓN, SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL ACTO ADMINISTRATIVO SUSPENDIDO, PÉRDIDA DE FUERZA EJECUTORIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO, CARENCIA DE OBJETO DE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL RADICADO: 11001-03-28-000-2022-00154-00 FECHA: 20/10/2022 TIPO DE PROVIDENCIA: Auto PONENTE: Pedro Pablo Vanegas Gil DEMANDANTE: Monica Margarita Vega Hernández DEMANDADO: Berner León Zambrano Eraso - Senador de la República, periodo 2022-2026 MEDIO DE CONTROL: Nulidad electoral Extracto No. 38 PROBLEMA JURÍDICO: ¿Conforme los argumentos del recurso de reposición interpuesto por el demandado, se debe reponer el auto del 1º de septiembre de 2022, que admitió la demanda y resolvió «ESTARSE A LO RESUELTO» en auto de 25 de agosto de 2022 (rad.11001-03- 28-000-2022- 00159-00), específicamente, en lo relacionado con la suspensión provisional del acta E-26 SEN del 19 de julio de 2022, que contiene la elección de Berner León Zambrano Eraso como Senador de la República? TESIS: Caso concreto. De entrada, está Sala debe recordar que en la providencia cuestionada se precisó que el acto electoral del demandado «(…) perdió su fuerza de ejecutoria de manera temporal por la decisión [de suspensión] que se adoptó previamente (…)». Bajo esta consideración y como de manera reiterada lo ha indicado esta Corporación, no es posible abordar el estudio de fondo ni emitir pronunciamiento sobre la petición de decretar la suspensión provisional de un acto que, al ser afectado por idéntica medida cautelar, se encuentra suspendido, situación que advierte la carencia de objeto para realizar un nuevo análisis sobre el particular. (…). En concordancia con lo expuesto, debe observarse que, en el mencionado auto de 25 de agosto de 2022, se declaró la suspensión provisional del formulario E-26 SEN del 19 de julio de 2022, en lo que corresponde a la elección del demandado. Así las cosas, como se determinó en la providencia recurrida, al momento de resolver la cautelar pedida en el proceso de la referencia, se configuró la hipótesis de que trata el numeral 1 del artículo 91 del CPACA, ya este juez de lo electoral había decidido la suspensión de sus efectos jurídicos al imponer la medida cautelar regulada en el numeral 3 del artículo 230 del CPACA. Por lo tanto, al encontrarse suspendido provisionalmente el acto de elección de Berner León Zambrano Eraso como Senador de la República, para el periodo 2022-2026, carece de objeto analizar de fondo la petición que elevó el demandante con

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