Revista CJD Final

po, quizá para toda la vida, como una experien- cia, en muchas ocasiones, desagradable, pero que puede reintegrar a quienes participan en él a un universo político y moral común. Esta comprensión del proceso judicial (para nuestro caso, el disciplinario) nos presenta un desafío. El escenario judicial se despliega como un instrumento pedagógico en el que el trabajo por la elaboración de memoria adquiere un sen- tido central en la construcción de una sociedad en paz. Se trata de una nueva dimensión de la justicia como Justicia Anamnética 28 , idea que no está exenta de problemas, para empezar recor- dar molesta 29 , pero además vivimos en un mun- do en el que la inmediatez en las respuesta se ha vuelto fundamental en la valoración positiva de los instrumentos sociales y la justicia no solo no escapa a esta circunstancia, sino que tal vez es el escenario en el que la impaciencia social se manifiesta con mayor intensidad. Se exigen res- puestas en tiempo real, olvidando que el proceso judicial debe encontrar su momento adecuado, el cual no debe ser ni muy cerca ni muy lejos de los hechos victimizantes, cuando las pasio- nes se mitigan un poco y el recuerdo permanece vivo. La falta de una espera razonable entre el acto y su juzgamiento impide que las víctimas, el imputado o acusado y la misma sociedad pue- dan trascender los hechos, elaborar pedagógi- camente la memoria y abrirse a la novedad de una convivencia futura. Si se actúa demasiado rápido, se hace imposible procesar razonable y humanamente los hechos y las pruebas. Igual si el tiempo de espera se torna muy largo, se hace imposible sustanciar el proceso, impidiendo que la justicia sea válida y quedando reos de un pa- sado que revictimiza. En esencia, como lo explica P. RICOEUR 30 , el proceso judicial, y a esto no es ajeno el Discipli- nario, es la representación en el presente de un hecho traumático, una escenificación, una tea- tralización. En estos términos el proceso judicial trasciende el tiempo, sus actos se desarrollan en el presente, pero regresa al pasado, no para quedarse en él sino para reconocerlo y a partir de allí constituir el futuro. La intervención de la justicia supone una reconstrucción de hechos con un criterio ético, la calificación de manera oficial y definitiva, para impedir que su maldad radical se desvanezca en el tiempo. Por esto, sostiene A. GARAPON, que la sentencia no re- produce los hechos pasados, sino que los fija en la conciencia colectiva al dar una versión oficial y definitiva de ellos. Pone fin al relato, detiene sim- bólicamente el curso del mal 31 . La comisión de una falta disciplinaria es un escenario traumático con el que se inicia un encuentro interhumano, afectante y conflictivo, que tiene su natural continuación en el proceso judicial, en donde, se genera un nexo, como consecuencia de la aproximación entre los di- versos protagonistas en el suceso disciplina- rio, el cual está destinado a generar efectos en el mundo derecho. En este sentido, escribe es- cribe A. GARAPON, cómo el escenario judicial reúne físicamente una vez más a aquellos que los hechos victimizantes y que pueden consti- tuir una falta, acercó ilegítimamente; organiza, en plena simetría con el primer encuentro, una reproducción invertida de la escena injusta, un nuevo encuentro en que los papeles se inter- cambian. En él se debiera procurar un encuen- tro creativo entre los protagonistas del suceso de origen que constituya el punto de partida para trascender su condición espacio-tempo- 28. Cfr. Reyes MATE. La piedra desechada, ed. Trotta, Madrid, 2013, p. 103 y siguientes. 29. Cfr. Juan Gabriel VÁSQUEZ. Viajes con un mapa en blanco, Ed. Alfaguara, Bogotá, 2018, p. 145. 30. PAUL RICOEUR, La memoria, la historia, el olvido, Ob. Cit., p. 424 31. Antonie GARAPON. La Justicia y la inversión moral del tiempo, en ¿Por qué Recordar?, FORO INTERNACIONAL MEMORIA E HISTORIA, UNESCO 25 MARZO DE 1998/LA SORBONE 26 DE MARZO DE 1998, Editorial Granica, Barcelona, 2002, p. 95. 15

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