Graves_violaciones a los Derechos Humanos

55 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Homicidio Caso hermanos Salinas Castellanos (desaparición forzada y muerte posterior) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 3 de diciembre de 2014, Rad. 45433 M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa El 3 de octubre de 2002, los hermanos Óscar y Dairo Alonso Salinas Castellanos desaparecieron en hechos ocurridos en el municipio de Murillo, Tolima, y sus cadáveres fueron encontrados en una fosa común el 22 de octubre del mismo año. Consideraciones jurídicas Se encontró acreditado que para el 3 de octubre de 2002, día en el que desaparecieron y fallecieron los hermanos Salinas Castellanos, el Ejército Nacional se encontraba en la zona realizando operaciones militares por cuanto los grupos armados insurgentes FARC y el ELN hacían presencia en la zona. Se trata de un elemento fáctico esencial, ya que dicha presencia implicaba que, como quedó demostrado, se desplegaran en la zona, siendo extraño que incluso lo hicieran en el casco urbano del municipio de Murillo en virtud de que este tipo de acciones están limitadas y solo pueden ejecutarse bajo autorización y quien debe hacerlo es la Policía Nacional. Pese a ello, está contrastado que miembros del Ejército Nacional hicieron presencia en la fecha de los hechos, procedieron a requisar y a conducir con ellos a Óscar y a Dairo Alonso Salinas Castellanos, sin que luego se determinara su situación, ubicación, paradero o condiciones y solo se constatara su muerte violenta al ser exhumados sus cadáveres de una fosa común hallada en una finca de la vereda «Los Novillos» de la misma localidad mencionada. Se debe tener en cuenta que miembros del Ejército Nacional venían amenazando de tiempo atrás a Óscar Salinas Castellanos, situación que puso de conocimiento el 3 de octubre de 2002, día en el que desaparecieron y posteriormente fallecieron. Sentido de la decisión Confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que condenó al Estado. Reparaciones Reconoció perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Como medidas de reparación no pecuniarias, ordenó: (i) publicar la sentencia; (ii) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad; (iii) realizar capacitaciones de procedimientos militares y policiales según los estándares convencionales y constitucionales; (iv) enviar copia del expediente a la Fiscalía General la Nación y a la Justicia Penal Militar para que adelanten las investigaciones correspondientes, y (v) reconocer a los familiares de los hermanos Salinas Castellanos como víctimas del conflicto armado interno e incorporarlos a la Ley 1448 de 2011. Aspectos procesales y probatorios relevantes Se flexibilizó la valoración de las fotografías que hacían parte de la prueba trasladada. Otra providencia - Sentencia de 28 defebrero de 2011, Rad. 18287, M.P. Danilo Rojas Betancourth.

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