Graves_violaciones a los Derechos Humanos

41 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Homicidio Caso Poveda Gauta (Unión Patriótica) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 6 de marzo de 2013, Rad. 26217 M. P. Olga Mélida Valle de De La Hoz El 17 de febrero de 1999, Julio Alfonso Poveda Gauta, líder sindical perteneciente al partido Unión Patriótica, se dirigía a su lugar de trabajo junto con su esposa y conductor cuando a la altura de la carrera 27 con calle 22 sur de Bogotá fue abordado por dos sicarios, quienes dispararon indiscriminadamente causando su muerte inmediata. Consideraciones jurídicas Las personas pertenecientes al partido político Unión Patriótica requerían protección especial por parte del Estado, ya que desde la década de los noventa es de público conocimiento la persecución en su contra, que ha llevado a la muerte y desaparición de varios de sus líderes y miembros. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, condenó a la demandada al pago de los perjuicios. Reparaciones Reconoció perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Como medidas de reparación no pecuniarias, ordenó (i) reconocer como un hecho notorio que los militantes de la Unión Patriótica fueron víctimas de delitos tales como persecución, desaparición y homicidio; (ii) remitir una copia de la providencia al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado y al Centro de Memoria Histórica. Aspectos procesales y probatorios relevantes Las pruebas trasladadas del proceso penal seguido contra Eduardo Enrique Corena y Temilda Martínez de Martínez por la Fiscalía General de la Nación por la muerte de Julio Alfonso Poveda Gauta fueron valoradas. Otra providencia - Auto de 19 de noviembre de 2021, Rad. 67045, M.P. Nicolás Yepes Corrales, A.V . Magistrado Gillermo Sánchez Luque.

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