Graves_violaciones a los Derechos Humanos

806 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al deber de protección del personal sanitario, religioso y humanitario Caso Castro Valencia (uso desproporcionado de la fuerza) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Sentencia de 30 de abril de 2014, Rad. 29783 M. P. Stella Conto Díaz del Castillo El 23 de agosto de 1996, Jesús Ernesto Castro Valencia, miembro de un Comité de Emergencia Ciudadana, fue herido gravemente con arma de fuego en el área torácico abdominal izquierda, mientras desarrollaba labores de asistencia humanitaria en el marco de una protesta campesina contra las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para contrarrestar los cultivos ilícitos y controlar el orden público que se encontraba seriamente turbado, especialmente, por la presencia de grupos al margen de la ley. Consideraciones jurídicas Los medios de prueba, en especial, de la prueba indirecta, fueron utilizados para establecer que Jesús Ernesto Castro Valencia efectivamente fue herido por miembros de la fuerza pública cuando asistía a varios de los heridos que dejó el enfrentamiento entre los militares y quienes se habían unido a una protesta social que, para ese momento iniciaban su marcha hacia la ciudad de Florencia, su punto de concentración. En el caso en concreto se violó el derecho a la vida e integridad personal de la víctima como consecuencia de la agresión con arma de fuego a persona que cumplía labores de asistencia humanitaria. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró la responsabilidad del Estado. Reparaciones Reconoció perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Como medidas de reparación no pecuniarias, ordenó: (i) preparar una circular conjunta con el propósito de que se instruya acerca de las consecuencias, responsabilidades y sanciones que para el Estado colombiano representan o generan conductas como las que dieron lugar a la formulación de la demanda y destacar especialmente las restricciones sobre el uso de armas de fuego, el deber de exclusión de la población civil de las operaciones militares y el respeto por quienes desarrollan labores de asistencia humanitaria; (ii) iniciar la atención médica complementaria que Jesús Ernesto Castro Valencia requiere para la recuperación definitiva de su integridad física. Aspectos procesales y probatorios relevantes Utilización de todos los medios de prueba, en especial, de la indirecta para la acreditación de las circunstancias en que ocurrió la lesión. Aclaración de voto del Magistrado Danilo Rojas Betancourth Las consideraciones del fallo adoptado por la Sala en relación con la existencia de una grave violación de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario en los hechos relatados parten de premisas equivocadas, ya que, en el caso, si bien existe un uso excesivo de la fuerza por parte del Ejército, de este daño no puede emanarse una grave violación de Derechos Humanos. Esto es así, porque de conformidad con un estudio de la jurisprudencia internacional y nacional, las graves violaciones de derechos humanos se circunscriben en violaciones masivas,

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