Graves_violaciones a los Derechos Humanos

796 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones a la integridad personal Desplazamiento forzado Caso Urrea Posada (desplazamiento forzado por las AUC) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Sentencia de 4 de mayo de 2022, Rad. 54081 M. P. Fredy Ibarra Martínez El 20 de enero de 2004, Rodrigo Urrea Duque puso en conocimiento del Juzgado Promiscuo Municipal de San Carlos, Antioquia, las amenazas que recibió su familia por parte de las AUC. El 12 de febrero siguiente, la familia Urrea Posada (conformada por Haley Patricia Posada Gómez y Rodrigo Urrea Duque y sus hijos Juan Esteban, Juan Rodrigo y Luis Alejandro Urrea Posada) tuvo que dejar el municipio de San Carlos en un helicóptero. Posteriormente, el 7 de diciembre de 2004, la familia abandonó el país, por las amenazas contra sus vidas, seguridad, integridad personal y libertad. Los miembros de esta familia fueron acogidos en condición de refugiados en Canadá. Consideraciones jurídicas Los actores contaban con elementos de juicio idóneos y suficientes para demandar al Estado en ejercicio de la acción de reparación directa, desde el 12 de febrero de 2004, fecha en que abandonaron en un helicóptero el municipio de San Carlos, Antioquia, tal como se reportó en el poligrama elaborado por el comandante de la Estación de Policía San Carlos. Así las cosas, el término para ejercer la acción de reparación directa transcurrió desde el 13 de febrero de 2004 hasta el 13 de febrero de 2006, pero la demanda de la referencia se interpuso el día 4 de diciembre de 2006, por tanto, se concluyó que la acción se presentó por fuera de la oportunidad legal prevista. Sentido de la decisión Revocó la decisión de primera instancia y, en su lugar, declaró probada la excepción de caducidad de la acción de reparación directa. Salvamento de voto del Magistrado Alberto Montaña Plata El desplazamiento es un tipo de migración forzada e implica una violación del principio de distinción del DIH. Agregó que la decisión paso por alto que para este tipo de hechos opera la garantía de no caducidad contenida en el artículo 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -parte del bloque de constitucionalidad-. Otras providencias - Sentencia de 20 de noviembre de 2020, Rad. 54443, M.P. Marta Nubia Velásquez Rico. - Sentencia de 04 de diciembre de 2020, Rad. 58687, M.P. Marta Nubia Velásquez Rico.

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