Graves_violaciones a los Derechos Humanos
780 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones a la integridad personal Desplazamiento forzado Reparaciones Reconoció perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Como medidas de reparación no pecuniarias, ordenó: (i) enviar copia de la sentencia al Centro de Memoria Histórica, (ii) difundir la sentencia en medios de comunicación durante un año; (iii) enviar copia de la sentencia a la Fiscalía General de la Nación para que determine lo relativo a la responsabilidad; (iv) exhortar al Gobierno para que acuda ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas; (v) reconocer a los familiares como víctimas del conflicto armado interno y (vi) rendir informes periódicos de seguimiento del cumplimiento de la sentencia. Salvamento de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque Responsabilidad por contexto-Los elementos de la responsabilidad patrimonial del Estado deben estar acreditados. Zona de distensión-El predio no se encontraba en la zona de distensión. Zona de distensión-Incidencia del fallo de constitucionalidad. Control oficio de convencionalidad- Reiteración aclaración de voto 38039/2016. Aplicación del CGP- Reiteración salvamento de voto 48842/2016. Medidas de reparación no pecuniarias- Reiteración salvamento de voto 48842/2016. Posición de garante-Reiteración aclaración de voto 33494/2016. Principio de precaución-Reiteración aclaración de voto 48995/2015. Notas de prensa-Reiteración aclaración de voto 51388/2015.
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