Graves_violaciones a los Derechos Humanos
729 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al derecho a la vida Artefacto explosivo o mina antipersonal Caso Echavarría Restrepo (carro bomba en el parque Lleras, Medellín) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 29 de abril de 2020, Rad. 42955 M. P. Guillermo Sánchez Luque El 17 de mayo de 2001, Ricardo Andrés Echavarría Restrepo murió por la explosión de un carro bomba detonado por la banda criminal-bacrim «La Terraza» en el parque Lleras de la ciudad de Medellín, Antioquia. Consideraciones jurídicas No era posible para las autoridades advertir con anticipación que grupos ilegales actuarían en contra de Ricardo Andrés Echavarría Restrepo y de quienes estaban en un parque público que no fue objeto de amenazas y, mucho menos que pudieran evitar la detonación, pues se produjo de forma imprevista, mediante una acción aislada y no recurrente, sin que existiera sospecha alguna o actividad de inteligencia de la que pudiera anticipar su ocurrencia. Como el daño sufrido por los demandantes con la detonación de un artefacto explosivo es imputable al hecho exclusivo y determinante de un tercero y no se probó la omisión por parte de la Policía Nacional en el deber de protección de la vida de Ricardo Andrés Echavarría Restrepo, ni que esa acción armada pudiera preverse y evitarse, no se configuró una falla del servicio de la demandada. Sentido de la decisión Confirmó la sentencia de primera instancia, que negó las pretensiones de la demanda.
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