Graves_violaciones a los Derechos Humanos

27 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Homicidio Caso Chacón Penna (secretario del Partido Comunista asesinado) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 3 de octubre de 2007, Rad. 15985 M. P. Mauricio Fajardo Gómez (E) El 25 de noviembre de 1993, desconocidos asesinaron al Secretario de Organización del Comité Central del Partido Comunista Colombiano, José Miller Chacón Penna, en Bogotá. El 27 de julio anterior, Hernán Motta, Manuel Cepeda, Ovidio Marulanda y Carlos Arturo Lozano pusieron en conocimiento del Ministro de Defensa, Rafael Pardo Rueda, la presunta participación de integrantes del Ejército Nacional en un plan conocido como «plan golpe de gracia», para asesinar a varios miembros del partido. Consideraciones jurídicas No se demostró la existencia del «plan golpe de gracia», para exterminar a los militantes del Partido Comunista Colombiano. Tampoco se probó que integrantes de la Fuerza Pública hubieran intimidado o asesinado a miembros del partido comunista. Se acreditó que el Gobierno Nacional tenía conocimiento de las amenazas, pero no hay prueba de que haya ordenado adelantar las investigaciones correspondientes o de que hubiera tomado medidas para proteger la vida de las personas amenazadas de muerte, como era el caso del secretario Chacón Penna. El Estado conocía del grave riesgo que corrían los miembros del partido político, no solo por las denuncias formuladas sino porque era de público conocimiento el asesinato indiscriminado de los miembros de ese partido político. Sentido de la decisión Confirmó parcialmente la decisión de primera instancia, que declaró la responsabilidad patrimonial de la Nación-Ministerio de Defensa. Reparaciones Reconoció perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz