Graves_violaciones a los Derechos Humanos
657 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al derecho a la vida Homicidio de integrantes de la fuerza pública (puestos fuera de combate, uso de armas no convencionales, uso desproporcionado de la fuerza) Caso González (soldado asesinado por desmovilizado de las FARC) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 30 de marzo de 2022, Rad. 55367 M. P. Jaime Enrique Rodríguez Navas El 8 de julio de 2007, el soldado profesional William González murió mientras ejercía vigilancia sobre Ciro Salazar Villacorte, un desmovilizado de las FARC, que había sido integrado a la tropa, para ser guía geográfico en una operación para encontrar campamentos de la guerrilla. Para ello, se le asignó un uniforme camuflado y un fusil. En el desarrollo de la operación, González y Salazar Villacorte se dirigieron al río Güiza para buscar agua. Posteriormente, el excombatiente escapó con el fusil asignado, el arma del soldado y las municiones. El cadáver del uniformado fue hallado en el río varios días después de su desaparición. Consideraciones jurídicas La entidad demandada incurrió en una falla del servicio por el incumplimiento de su deber de diligencia y cuidado en el desarrollo de una actividad táctica que implicó la integración de un excombatiente a una misión militar y que, en virtud de esta, le es imputable el daño consistente en la muerte del soldado William González, debido a que con su omisión incrementó el riesgo al que normalmente están sometidos los militares vinculados al ejército voluntariamente. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró patrimonialmente responsable a la Nación-Ministerio de Defensa, Ejército Nacional. Reparaciones Condenó al pago de perjuicios morales a favor de los demandantes. Negó el reconocimiento de perjuicios materiales porque la parte actora no demostró que la madre del soldado no pudiera procurarse su propia subsistencia. Salvamento de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque Riesgo del servicio-Los militares y policías profesionales asumen el riesgo sufrir daños en cumplimiento de su deber cuando asumen el cargo. Daños a miembros de la fuerza pública-El Estado solo responderá por falla del servicio o cuando someta a los funcionarios a un riesgo mayor al que debían soportar sus demás compañeros de servicio.
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