Graves_violaciones a los Derechos Humanos

653 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al derecho a la vida Homicidio de integrantes de la fuerza pública (puestos fuera de combate, uso de armas no convencionales, uso desproporcionado de la fuerza) Caso Hurtado Rojas (muerte de secuestrado en cautiverio) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 18 de agosto de 2020, Rad. 46572 M. P. Guillermo Sánchez Luque El 11 de septiembre de 1998, el ELN atacó el municipio de Sardinata, Norte de Santander, y secuestró al policía Ramiro Hurtado Rojas, que murió en cautiverio el 23 de enero de 2000. Consideraciones jurídicas No se acreditó una falla del servicio durante el ataque guerrillero, ni que el agente hubiera sido expuesto por la Policía Nacional a un riesgo mayor al que debían afrontar sus demás compañeros de la estación de policía «Las Mercedes». No se probó que su participación para defender al municipio del ataque guerrillero significara un peligro superior, diferente o extraordinario al riesgo propio de la prestación del servicio policial. Cuando el agente ingresó a trabajar en el servicio de la Policía Nacional asumió el riesgo de padecer eventuales daños en el ejercicio de sus funciones de protección, defensa y seguridad del Estado (artículos 218 CN y 1 de la Ley 62 de 1993). Tampoco se probó responsabilidad por «ausencia de ayuda humanitaria» al secuestrado, pues no se acreditó la conducta u omisión dañosa de la entidad demanda y el nexo causal de esta con el daño. En el proceso no se demostró omisión alguna de un deber legal de la demandada, ni que la muerte de Ramiro Hurtado Rojas ocurrió por la alegada «falta de ayuda humanitaria». La víctima murió en cautiverio de un grupo armado al margen de la ley, que tenía a su cargo su integridad física. Sentido de la decisión Confirmó la sentencia de primera instancia, que negó las pretensiones.

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