Graves_violaciones a los Derechos Humanos

578 INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al derecho a la vida Homicidio en todas sus formas (población civil no combatiente) Caso García Vélez y otro (muerte en ataque guerrillero) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 29 de febrero de 2012, Rad. 20858 M. P. Olga Mélida Valle de De La Hoz El 16 de enero de 1997, miembros de la Infantería de Marina que se encontraban en el caserío Coredó del municipio de Juradó, Chocó fueron atacados sorpresivamente por un grupo de aproximadamente 300 guerrilleros pertenecientes al Frente 57 de las FARC. En el combate, el infante Jaime García Vélez murió y el infante John Jairo Chantré González fue lesionado. Consideraciones jurídicas La falla del servicio consistió en someter a los infantes a enfrentar una situación de peligro en circunstancias de indefensión por el mal estado en que se encontraban las armas que tenían a su cargo y, porque a pesar de las advertencias sobre la posible ocurrencia de los hechos, nada se hizo para prevenir el ataque o para apoyarlos durante el desarrollo del mismo. Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia, en el sentido de declarar probada la falta de legitimación en la causa por activa de dos de las demandantes y en ajustar la condena de perjuicios morales de gramos oro a salarios mínimos legales mensuales vigentes. Reparaciones Reconoció el pago de perjuicios morales a favor de los demandantes. Aspectos procesales y probatorios relevantes Respecto de la valoración de los recortes de periódico allegados donde se publicaron las noticias relacionadas con los acontecimientos, debe precisarse que dichas informaciones difundidas en medios escritos, verbales, o televisivos, no dan fe de la ocurrencia de los hechos en ellos contenidos, sino simplemente, de la existencia de la noticia o de la información, de manera que puede apreciarse como prueba documental pero no es suficiente para acreditar la veracidad de su contenido. Sin embargo, podrán en situaciones excepcionales, de acuerdo a la naturaleza y particularidad de las mismas, constituir un elemento de análisis. En este caso particular, solo habrá de mencionarse que en la prensa se registró el ataque perpetrado al sitio denominado Coredó, en el cual fue atacado un batallón de infantes de marina y resultaron muertos tres oficiales, varios heridos, y los que salieron ilesos fueron secuestrados, información que fue corroborada en el proceso con los testimonios rendidos por quienes participaron en los hechos. Frente a lo argumentado por el apelante sobre la valoración de las pruebas, indicó que en materia contenciosa rige la libertad probatoria y que los medios de prueba allegados al proceso deben ser valorados por el juez de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

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