Graves_violaciones a los Derechos Humanos

501 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho de dominio (daño a la propiedad) Caso Zornosa Lozano (zona de despeje) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Sentencia de 31 de julio de 2014, Rad. 32271 M. P. Danilo Rojas Betancourth El 3 de septiembre de 1998, aproximadamente un mes antes de la creación de la zona de distensión decretada por el Gobierno para adelantar diálogos con las FARC, en el departamento del Meta, en el cruce de oriente kilómetro 14 antes del municipio de La Uribe, integrante de las FARC obligaron a los operarios de una motoniveladora a trasladarla hasta La Julia, reteniéndola desde ese día hasta el 28 de noviembre de 2001. Consideraciones jurídicas La existencia de una zona de despeje implicó el traslado de los funcionarios estatales y locales del territorio reservado para las negociaciones a otros municipios, de modo que los habitantes y trabajadores de la zona tenían serias dificultades para reclamar ante las autoridades las situaciones que se veían obligados a afrontar por la presencia del grupo armado. De manera que el daño padecido por la parte actora, consistente en la pérdida de su maquinaria, resulta imputable a las demandadas porque la creación de la zona de despeje significó el completo abandono de los pobladores de la región ya que no se adoptaron medidas para proteger y garantizar sus derechos constitucionales. Sentidode ladecisión Revocó la sentencia apelada y, en su lugar, declaró patrimonialmente responsable a la Nación-Ministerio de Defensa-Policía Nacional y Ministerio del Interior. Reparaciones Condenó en abstracto al pago de perjuicios materiales a favor del demandante. Salvamento de voto del Magistrado Ramiro Pazos Guerrero El daño no resulta jurídicamente imputable a la entidad, sino a la conducta exclusiva y excluyente de un tercero. Fundado en el hecho de que la pérdida de la maquinaria ocurrió con anterioridad a la creación de la zona de distensión.

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