Graves_violaciones a los Derechos Humanos
467 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho de un juez competente Caso Navas Rubio y otros (justicia penal militar) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Sentencia de 27 de marzo de 2014, Rad. 28642 M. P. Stella Conto Díaz del Castillo Hernando Navas Rubio, Farouk Yanine Díaz y Otoniel Hernández Arciniegas solicitaron declarar patrimonialmente responsable al Estado por privación injusta de la libertad, debido a las medidas de aseguramiento de detención preventiva, sin beneficio de excarcelación, libradas en las resoluciones dictadas por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, por la presunta participación de los demandantes en la comisión de los delitos de secuestro extorsivo, homicidio agravado y vinculación con grupos paramilitares, en el caso que terminó con la vida de diecinueve comerciantes, toda vez que fueron absueltos por el Comando del Ejército –Juzgado Militar de Primera Instancia–, en sentencia de 18 de junio de 1997. Esta decisión fue confirmada por el Tribunal Superior Militar el 17 de marzo de 1998. Consideraciones jurídicas La Corte IDH emitió condena contra el Estado colombiano por el secuestro, brutal asesinato, posterior descuartizamiento y hundimiento en las aguas del caño «El Ermitaño» de 19 comerciantes por parte de un grupo paramilitar del Magdalena Medio. En relación con los autores directos o indirectos de tan execrables hechos, se evidenció la participación de integrantes del Ejército Nacional, entre ellos, los demandantes en el presente caso. El fallo emitido por la Corte IDH alcanzaba a los demandantes hasta tal punto que en aras de garantizar su derecho fundamental al juez natural y de permitirles ejercer su derecho fundamental a acceder a la administración de justicia, así como para asegurar la protección de los derechos a la verdad, justicia y reparación integral de las víctimas, debía adoptar las medidas indispensables para darle a las acusaciones presentadas en la decisión de la Corte IDH contra los demandantes exmilitares el trámite que corresponde ante el juez competente, a saber, la justicia penal ordinaria. Sentido de la decisión Confirmó las sentencias que negaron las pretensiones. Ordenó oficiar a las siguientes entidades: a la FiscalíaGeneral de laNación, en cumplimiento de la decisión internacional emitida por la Corte IDH y al Ministerio de Relaciones Exteriores para lo de su cargo. Exhortó a los jueces de primero y segundo grado para que si se llegare a presentar acción de reparación directa una vez en firme la investigación penal, ya fuere por absolución o por preclusión, se otorgue prelación de turno.
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