Graves_violaciones a los Derechos Humanos

429 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Desaparición forzada Caso Anzola de Lanao (Palacio de Justicia) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 21 de septiembre de 2016, Rad. 51743 M. P. Guillermo Sánchez Luque El 6 de noviembre de 1985, Gloria Anzola de Lanao se encontraba en el Palacio de Justicia cuando se presentó la toma por el grupo guerrillero M-19. En la operación de retoma del Palacio de Justicia, Gloria Anzola de Lanao fue víctima de desaparición forzada por parte de miembros de la Fuerza Pública. Consideraciones jurídicas El 14 de noviembre de 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad del Estado colombiano por la desaparición forzada de Gloria Anzola de Lanao y otras personas consideradas, por la Fuerza Pública, como colaboradores del movimiento subversivo M-19. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos hace tránsito a cosa juzgada, porque existe identidad jurídica de partes, objeto y causa en relación con el proceso de reparación directa. La excepción de cosa juzgada obliga al Estado colombiano a estarse a lo dispuesto en el fallo del juez internacional. Sentido de la decisión Declaró probada la excepción de cosa juzgada internacional y ordenó estarse a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Reparaciones La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó que los perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante, se liquiden a favor del cónyuge e hijo de Gloria Anzola de Lanao. Condenó al pago de perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante, a favor del cónyuge e hijo teniendo como ingreso base de liquidación un promedio de lo que gana un profesional en Colombia, porque no se demostró su ingresomensual. Aclaración de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque Responsabilidad por hecho internacionalmente ilícito-Ámbito diverso en relación con la responsabilidad patrimonial del Estado en derecho interno. Cosa juzgada internacional-Alcance en el derecho interno. Presunción de salario en profesionales-Altera desproporcionadamente la carga probatoria en perjuicio de las entidades demandadas. Presunciones judiciales-Riesgos del uso extensivo de presunciones de hombre en el derecho de daños. Otras providencias - Sentencia de 3 de noviembre de 2016, Rad. 53233, M.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa (E), A.V. Magistrado Guillermo Sánchez Luque. - Sentencia de 3 de julio de 2020, Rad. 54897, M.P. Marta Nubia Velásquez Rico.

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