Graves_violaciones a los Derechos Humanos
412 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Desaparición forzada Caso Ruenes Mejía (detenido que había denunciado malos tratos) Consejo de Estado Sección Tercera Sentencia de 29 de junio de 1995, Rad. 10203 M. P. Jesús María Carrillo Ballesteros El 8 de marzo de 1991, Silver Ruenes Mejía fue capturado, junto con otros jóvenes, por el Ejército Nacional que realizaba un operativo en el municipio de Pelaya (Cesar). Silver Ruenes Mejía había presentado una queja ante la Personería Municipal contra el Ejército y la Policía por los malos tratos que le propinaron mientras estuvo detenido un mes antes. A la fecha de presentación de la demanda, no se tenía noticia del joven Silver Ruenes Mejía. Consideraciones jurídicas Silver Ruenes Mejía fue aprehendido junto con 5 personas más el 8 de febrero de 1991, por órdenes del Teniente del Ejército encargado de adelantar el plan Gema, dirigido a solicitar el documento de identidad y la tarjeta militar. Silver Ruenes Mejía fue desaparecido en extrañas circunstancias, mientras estaba bajo la protección del teniente del Ejército Nacional, en inmediaciones de la población de Pelaya, Cesar. No existió claridad sobre la liberación de Silver Ruenes Mejía ni la suerte corrida por él, pues según el propio comandante de la patrulla que lo retuvo, fue puesto en libertad entre la escuela y el cementerio, a diferencia de las cuatro personas restantes, quienes fueron liberadas sin tropiezos y en lugares apropiados. LasFuerzasArmadas, enel cumplimientodesumisión,debenserparticularmentecuidadosas para no abusar del poder, garantizar la seguridad de los ciudadanos, dejando constancia de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de las retenciones o aprehensiones que tuviere que ejecutar, así como del acto de liberación de los sujetos con iguales indicaciones. La relación de causalidad entre el desaparecimiento y la conducta desplegada por los miembros de la Fuerza Pública, quedó demostrada indiciariamente ya que la administración no acreditó prueba conducente para exonerarse de responsabilidad por este aspecto, fuese por fuerza mayor, hecho de un tercero, culpa exclusiva de la víctima ni tampoco dio explicación satisfactoria sobre el acto de liberación. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró patrimonialmente responsable a la Nación-Ministerio de Defensa-Ejército Nacional. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los demandantes.
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