Graves_violaciones a los Derechos Humanos

400 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la libertad y a la seguridad personal Caso Botero Botero y otros (secuestro de menor) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 7 de mayo de 2018, Rad. 33948 M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa El 28 de noviembre de 2001, Fabio Botero Botero, Martha Luz García Henao y Natalia Botero García fueron secuestrados por el frente 51 de las FARC en su casa en el municipio de Calarcá. Martha Luz García Henao fue liberada nueve horas después. Fabio Botero Botero y su hija de 12 años, Natalia Botero García, permanecieron secuestrados hasta el 13 de julio siguiente, fecha en la que sus familiares pagaron su rescate. Consideraciones jurídicas No se probó que ninguna autoridad pública corroborara el informe de inteligencia en el que se catalogó a Fabio Botero Botero como «secuestrable» o que se dispusieran medidas frente a ello. Tampoco se le realizó estudio de seguridad y su asunto no fue tratado por el concejo de seguridad que se llevó a cabo en el municipio de Calarcá en junio de 2001. Para el 26 de noviembre siguiente, día en que denunció a agentes de la DIJÍN unas llamadas intimidatorias, se le recomendaron medidas de autoprotección y cambio de residencia temporal. El Subcomandante Operativo de la Policía del Quindío solo conoció la situación de seguridad de Fabio Botero Botero cuando ocurrió el secuestro. El daño padecido por las víctimas es atribuible al Estado por violación a los deberes de garantía de los derechos de libertad e integridad personal. Además, a Natalia Botero García, quien para entonces tenía la edad de 12 años, se le violó su derecho a no ser privada ilegal o arbitrariamente de la libertad, de conformidad con el artículo 37(b) de la Convención sobre los Derechos del Niño, en concordancia con el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Nación-Ministerio de Defensa, Policía Nacional incurrió en una falla del servicio, pues incumplió sus deberes y obligaciones de prevención y protección. Su inactividad expuso a las víctimas a padecer el secuestro que, en el marco del conflicto armado, corresponde a una violación de las garantías fundamentales de los civiles en el Derecho Internacional Humanitario, perpetrada por las FARC. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, condenó a la Nación-Ministerio de Defensa, Ejército Nacional, Policía Nacional. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los demandantes. Comomedidas de reparación integral, ordenó: (i) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad; (ii) remitir copia del expediente a la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación, para que se investigara, y a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz; (iii) reconocer a las víctimas directas y sus familiares como víctimas del conflicto armado y solicitó a las instancias gubernamentales competentes surtir los procedimientos

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