Graves_violaciones a los Derechos Humanos

GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la integridad física Tortura 367 Sentido de la decisión Declaró la responsabilidad de la Nación por los perjuicios causados a los demandantes. Reparaciones Ordenó el pago de perjuicios morales a favor de los demandantes. Ordenó el pago de los siguientes perjuicios materiales: (i) el monto de los ingresos que dejó de percibir como médica oficial durante el tiempo de su retención y detención; (ii) el costo de traslado e instalación en la ciudad de París, Francia, donde recibió tratamiento psiquiátrico; (iii) el costo completo del tratamiento médico-siquiátrico; (iv) el valor de la disminución de la capacidad laboral desde cuando se estableciera la terminación del tratamiento médico hasta el fin de la vida probable; (v) el precio de los bienes destruidos, averiados o perdidos como consecuencia del allanamiento practicado a la residencia de la parte demandante. Expedir copias de los testimonios y otras pruebas recibidas en el trámite del proceso, con destino a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al Procurador General de la Nación y a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representante, para lo de su competencia. Aspectos procesales y probatorios relevantes La excepción de caducidad de la acción propuesta por el apoderado de la entidad demandada no se configuró porque los hechos que dieron origen a la demanda si bien comenzaron el 3 de enero de 1979 solo terminaron dos años después, es decir, que los perjuicios se causaron en forma sucesiva durante ese lapso. Otra providencia - Sentencia de 16 dediciembre de 1987, Rad. R-012, M.P. Gaspar Caballero Sierra, A.V. Magistrado Hernán Guillermo Aldana Duque, A.V. Magistrada Consuelo Sarria Olcos, A.V. Magistrada Aydée Anzola Linares, A.V. Magistrado Jaime Abella Zarate, A.V. Magistrado Samuel Buitrago Hurtado, A.V. Magistrado Simón Rodríguez Rodríguez, A.V.Magistrado Carmelo Martínez Conn.

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