Graves_violaciones a los Derechos Humanos

363 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la integridad física Lesiones Caso Joven Vanegas (carro bomba en Neiva, Huila) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A Sentencia de 30 de agosto de 2022, Rad. 55239 M. P. José Roberto Sáchica Méndez El 1 de marzo de 2007, guerrilleros de las FARC pusieron un carro bomba en el barrio Altico del municipio de Neiva, Huila, para atentar contra la alcaldesa municipal, Cielo González Villa. La explosión causó heridas a varias personas, entre ellas, a Luis Fernando Joven Vanegas. Consideraciones jurídicas La Policía Nacional no generó el riesgo al que se vio expuesta la ciudadanía por la presencia de la alcaldesa municipal. Se probó que el atentado no estaba dirigido en contra de la institución, en tanto, el objetivo del mismo no eran miembros de esa institución, ni sus instalaciones oficiales. La presencia de agentes en el lugar de los hechos, se limitó a garantizar la seguridad de la alcaldesa, como parte del esquema establecido. El municipio de Neiva, en cabeza de su mandataria local, es la entidad generadora del riesgo, por tanto, le corresponde asumir las consecuencias de los daños ocasionados. La responsabilidad de la Policía Nacional queda desvirtuada, porque para endilgar responsabilidad bajo el título de riesgo excepcional por este tipo de hechos, es imposible determinar que el atentado estuviera dirigido en su contra. Sentido de la decisión Confirmó la sentencia de primera instancia, que declaró patrimonialmente responsable al municipio de Neiva. Aclaración y salvamento parcial de voto de la Magistrada María Adriana Marín Compartió el sentido de la decisión en cuanto al título de imputación aplicado –riesgo excepcional– y la indemnización de perjuicios por daño moral. Aclaró el voto en cuanto al centro jurídico de imputación y lo salvó parcialmente respecto de la negación del lucro cesante por lesiones de carácter permanente a favor del demandante.

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