Graves_violaciones a los Derechos Humanos

349 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la integridad física Lesiones Caso Villabón Cano (toma de Fuentedeoro, Meta) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A Sentencia de 10 de agosto de 2016, Rad. 36076 M. P. Marta Nubia Velásquez Rico El 1 de mayo de 2001, guerrilleros de las FARC incursionaron violentamente en el municipio de Fuentedeoro, Meta. Los guerrilleros sostuvieron un enfrentamiento con miembros de la Policía Nacional. La onda explosiva de una granada lesionó a Sandra Milena Villabón Cano y le causó la pérdida de su hijo próximo a nacer. Consideraciones jurídicas La responsabilidad es imputable a la Policía Nacional a título de daño especial, pues el daño sufrido por la parte actora ocurrió en el marco y por causa del conflicto armado interno. No se configuró el hecho de un tercero, propuesto como eximente de responsabilidad. La responsabilidad de la Policía Nacional no parte de la determinación del causante del daño, fuerzas estatales o miembros de los grupos alzados en armas, sino del imperativo de protección a la víctima en aplicación de los principios de justicia y de equidad. Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró responsable a la Nación- Ministerio de Defensa, Policía Nacional. Reparaciones Condenó al pago de perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Otra providencia - Sentencia de19 de julio de 2017, Rad.37498, M.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa, S.V. Magistrado Guillermo Sánchez Luque.

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