Graves_violaciones a los Derechos Humanos
341 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la integridad física Lesiones Caso Gómez Velasco (atentado a la Presidente de la Unión Patriótica Aída Avella) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 24 de abril de 2013, Rad. 25947 M. P. Olga Valle de De La Hoz El 7 de mayo de 1996, la Presidente de la Unión Patriótica, Aída Avella se desplazaba por la autopista Norte con calle 141, en la ciudad Bogotá, cuando hombres desconocidos en motocicleta le dispararon con un arma de fuego tipo «rocket». El vehículo de Avella no fue afectado, pues el impacto lo recibió el automóvil de Pedro Antonio Gómez Velasco. El demandante sufrió lesiones físicas, afectaciones sicológicas y pérdida de la capacidad laboral. Consideraciones jurídicas Aunque el atentado contra la Presidente de la Unión Patriótica, Aída Avella fue ocasionado por terceros ajenos a la administración, el daño causado a Pedro Antonio Gómez Velasco que es imputable a la Nación, a título de daño especial, pues el ataque estaba dirigido contra una persona de importancia pública, representativa del poder estatal. Sentido de la decisión Confirmó la decisión de primera instancia que, declaró a la Nación, Ministerio de Defensa Nacional, Policía Nacional, DAS -en proceso de supresión- patrimonialmente responsable. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor del demandante.
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