Graves_violaciones a los Derechos Humanos

GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Uso de la fuerza sin sujeción a necesidad y proporcionalidad 326 Caso Pineda (uso desproporcionado de la fuerza) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Sentencia de 18 de noviembre de 2021, Rad. 44704 M. P. Alberto Montaña Plata El 29 de enero de 2004, un grupo de manifestantes salió a protestar en el sector de La Boquilla en Cartagena, Bolívar. Luego, se presentaron algunos desórdenes. Miembros de la Armada Nacional hicieron varios disparos para controlar la protesta. Huner Pineda, quien caminada por el lugar, recibió varios impactos y falleció. Consideraciones jurídicas La Armada no podía utilizar la fuerza letal para controlar el orden público, ni para reprimir o desarticular la protesta. Haber disparado 205 proyectiles a un grupo de manifestantes desarmados fue, desde todo punto de vista, arbitrario y excesivo. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró la responsabilidad de la Nación- Ministerio de Defensa, Policía Nacional y Armada Nacional. Reparaciones Condenó al pago de perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Aclaración de voto del Magistrado Martín Bermúdez Muñoz No es adecuada la referencia a la falla del servicio. Según el art. 90 CN simplemente se debe acreditar que miembros de la fuerza pública causaron el daño. No compartió las consideraciones a la desatención de obligaciones constitucionales y de bloque de constitucionalidad de los miembros de la fuerza pública. Aclaración de voto del Magistrado Fredy Ibarra Martínez El análisis efectuado en la decisión respecto del elemento causal fue insuficiente dado que tanto el daño antijurídico (muerte) como la falla del servicio estaban plenamente acreditados, esta última porque la Armada Nacional invadió la órbita de competencia de la Policía Nacional al controlar una marcha ciudadana.

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