Graves_violaciones a los Derechos Humanos

325 Uso de la fuerza sin sujeción a necesidad y proporcionalidad GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Caso Cano González (uso desproporcionado de la fuerza) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A Sentencia de 22 de octubre de 2021, Rad. 59491 M. P. María Adriana Marín El 7 de mayo de 2008, guardianes del INPEC trasladaban a Erley Cano González a la cárcel de Bellavista en Medellín, Antioquia, para cumplir una pena privativa de la libertad. En la vía, el vehículo se detuvo en una intersección. Cano González se dio a la fuga. Los guardianes del INPEC lo persiguieron y le dispararon. Cano González, falleció. Consideraciones jurídicas La reacción de los dragoneantes del INPEC transgredió el derecho a la vida de Cano González, pues le dispararon por la espalda, esposado y a una distancia de 30 a 150 centímetros, en situación de indefensión y sin que fuera necesario el uso de las armas de fuego, dado que el fugitivo no ofrecía peligro. Los funcionarios del INPEC debieron adoptar otras medidas conducentes a su captura. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró patrimonialmente responsable al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC-. Reparaciones Condenó al pago de perjuicios morales y materiales a favor de los demandantes. Aclaración de voto de la Magistrada Marta Nubia Velásquez Rico La falla en el servicio no se configuró por el uso indebido e ilegítimo de la fuerza, debió atribuirse mediante la aplicación de un régimen objetivo de responsabilidad por daño especial.

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