Graves_violaciones a los Derechos Humanos

315 Uso de la fuerza sin sujeción a necesidad y proporcionalidad GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Caso Silva Aranguren y otro (estudiante muerto en manifestación) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A Sentencia de 12 de junio de 2017, Rad. 54046 M. P. Hernán Andrade Rincón El 22 de septiembre de 2015, estudiantes de la Universidad del Valle realizaron una manifestación en el centro educativo. Con el transcurso de las horas se produjeron fuertes disturbios entre los estudiantes y miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios-ESMAD, que intentaban retomar el control de la zona. Hacia las 7:00 p.m., agentes del ESMAD ingresaron al campus universitario y persiguieron a los manifestantes con el fin de detenerlos por la fuerza. El estudiante Jhonny Silva Aranguren recibió un disparo en la cabeza que le produjo la muerte y Germán Eduardo Perdomo Abello sufrió graves lesiones luego de recibir el impacto de un «tarro de gas lacrimógeno» en la cara. Consideraciones jurídicas Aunque los agentes del ESMAD actuaban con un fin legítimo, esto es, evitar que los estudiantes bloquearan la vía pública, quedó probado que desconocieron los principios de precaución y proporcionalidad, para evitar que se les ocasionaran daños a los manifestantes. Se acreditó el uso indiscriminado de armas de fuego, gases lacrimógenos y objetos contundentes. No se probó que Jhonny Silva Aranguren ejecutara acciones violentas o hiciera uso de armas no convencionales en contra de los agentes del ESMAD, es decir, que representara peligro para los policías que lo perseguían. Por ello, no se demostró que su muerte hubiera ocurrido por su propia y exclusiva culpa o por el hecho de un tercero ajeno al ESMAD. Quedó probado con el dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que las lesiones causadas a Germán Eduardo Perdomo Abello se produjeron por el impacto de un «tarro de gas lacrimógeno», elemento propio de la actividad de los agentes del ESMAD. Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia. Declaró administrativamente responsable a la Nación-Ministerio de Defensa Nacional, Policía Nacional. Reparaciones Reconoció perjuicios morales y por violación a bienes o intereses constitucional y convencionalmente amparados a favor de los demandantes. Como medidas reparación integral no pecuniarias, ordenó: (i) ofrecer un curso de formación integral en garantía y protección de derechos humanos de las personas que ejercen el derecho de reunión, manifestación pública y protesta dirigido a todos los escuadrones del ESMAD del país; (ii) publicar un enlace visible con acceso a esta providencia en la página web de la entidad demandada por seis meses, y (iii) oficiar a la Fiscalía General de la Nación para que realice las investigaciones correspondientes para esclarecer la muerte de Jhonny Silva Aranguren.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz