Graves_violaciones a los Derechos Humanos
260 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Ejecuciones arbitrarias o sumarias Caso Mejía Pérez y otro («falso positivo») Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 26 de mayo de 2022, Rad. 53052 M. P. Guillermo Sánchez Luque El 1° de marzo de 2006, Juan Carlos Mejía Pérez y Diego Alejandro Ríos Serna salieron de sus casas en Medellín, Antioquia con el soldado profesional del Ejército Nacional Sair Cañola, hacia el municipio de San Vicente, Antioquia. Juan Carlos Mejía Pérez murió en la vereda Cañaveral, por impactos de arma de fuego del Ejército Nacional y Diego Alejandro Ríos Serna desapareció en custodia de agentes del Ejército Nacional. Consideraciones jurídicas La muerte de Juan Carlos Mejía Pérez no ocurrió en un combate militar. Miembros del Ejército Nacional dispararon en su contra, sin existir ataque previo de la víctima, ni enfrentamiento armado. Esta conducta no fue un ejercicio legítimo de la fuerza, para mantener el orden público y la guarda de la seguridad, sino una actuación irregular de la fuerza pública, que constituyó una falla del servicio. Conforme a las pruebas, se demostró que la causa del daño no fue un proceder propio y personal del soldado Sair Cañola. El funcionario actuó por su vinculación al servicio, en conexión con sus funciones. Fueron varios los soldados del Ejército involucrados en la muerte de Mejía Pérez que, además, adujeron un combate en sus declaraciones y en los documentos públicos que suscribieron. El personal de toda una batería del Batallón de Artillería n°. 4 participó en los hechos y se valió de sus funciones durante la investigación. En contraste, según las pruebas, no se probó que Sair Cañola perteneciera a una banda criminal, ni que hubiera planeado el homicidio de manera autónoma y sin intervención de otros miembros de la fuerza pública. No se probó, entonces, la culpa personal del agente. También se demostró que Diego Alejandro Ríos Serna desapareció en custodia de agentes del Ejército Nacional. Según las pruebas, Ríos Serna se trasladó –al principio– por su voluntad, pero debió ser detenido o privado de su libertad, contra su voluntad, y no volvió a la sociedad en las mismas condiciones que tenía antes de su detención. Sentido de la decisión Confirmó la sentencia de primera instancia, que accedió a las pretensiones de la demanda. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los demandantes.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz