Graves_violaciones a los Derechos Humanos

249 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Ejecuciones arbitrarias o sumarias Caso Londoño Henao y otro («falso positivo») Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 7 de diciembre de 2021, Rad. 50624 (acumulado) M. P. Guillermo Sánchez Luque El 3 de abril de 2008, las autoridades realizaron un consejo extraordinario de seguridad en el municipio de Barbosa, Antioquia por las quejas de la ciudadanía sobre los ataques de la delincuencia. Por tanto, el Ejército Nacional planeó la «Misión Táctica Atenazar» como parte de la operación «Faro» para neutralizar a los grupos de delincuencia común que operaban en la zona. El 9 de abril siguiente, Jean Pierre Londoño Henao y Nelson Alberto Posada Sanmartín murieron en un enfrentamiento con miembros del Ejército Nacional en la vereda «La Chorrera» del municipio de Barbosa, Antioquia. En el lugar de los hechos se encontraron dos armas de fuego, cartuchos y vainillas disparadas. Posteriormente, se demostró que las víctimas habían disparado contra los militares. Consideraciones jurídicas No se probó que la muerte Jean Pierre Londoño Henao y Nelson Alberto Posada Sanmartín ocurrió por fuera de un enfrentamiento armado entre el Ejército Nacional y la delincuencia común. Tampoco se probó una manipulación en la escena de los hechos o de los cadáveres, pues las autoridades constataron el estado de cosas, esto es, víctimas, ubicación, elementos de guerra usados (armas, vainillas y cartuchos) y recaudaron los elementos probatorios y evidencias físicas. Los cuerpos mantuvieron las mismas prendas de vestir desde el momento de su muerte hasta la necropsia y hubo identidad entre los orificios de sus prendas y las heridas corporales. Se acreditó que la muerte de Jean Pierre Londoño Henao y Nelson Alberto Posada Sanmartín ocurrió en un enfrentamiento en el marco de la operación «Faro» y que los militares actuaron en legítima defensa frente a los ataques. Sentido de la decisión Revocó las sentencias de primera instancia y, en su lugar, negó las pretensiones de la demanda. Otra providencia - Sentencia de 20 de abril de 2022, Rad. 49886, M.P. Guillermo Sánchez Luque, S.V . Jaime Enrique Rodríguez Navas.

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