Graves_violaciones a los Derechos Humanos

232 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Ejecuciones arbitrarias o sumarias Caso Díez Vargas («falso positivo») Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Auto de 3 de noviembre de 2020, Rad. 64498 M. P. Alberto Montaña Plata El 14 de mayo de 2004, Hernán Díez Vargas viajó al municipio de Puerto Berrio, Antioquia, para trabajar como jornalero en una finca. El 15 de mayo siguiente, murió en el corregimiento de Samaná, municipio de San Carlos, Antioquia. El 17 de enero de 2010, la Unidad de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación comunicó a los familiares de Díez Vargas que él había sido asesinado por miembros del Ejército, en un enfrentamiento con paramilitares del Bloque Héroes de Granada. A la fecha de presentación de la demanda, la entidad no había entregado el cuerpo de Díez Vargas. Consideraciones jurídicas El 17 de enero de 2010, la parte demandante tuvo conocimiento de la participación del Estado en la muerte de Hernán Díez Vargas, por información recibida de la Unidad de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación. El término para reclamar la responsabilidad del Estado por estos hechos habría caducado el 18 de enero de 2012. La demanda se presentó el 25 de febrero de 2019. La demanda tiene por objeto la indemnización de perjuicios derivados de un alegado daño continuado, y que en esta etapa del proceso no es posible determinar con certeza su existencia, pues hasta el momento solo se cuenta con lo afirmado por la demanda, se admitirá la demanda sobre la omisión de la Fiscalía de entregar el cuerpo de Hernán Díez Vargas. Sentido de la decisión Revocó parcialmente el auto de primera instancia y, en su lugar, declaró no probada la excepción de caducidad respecto de la entrega de los restos de Hernán Díez Vargas.

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