Graves_violaciones a los Derechos Humanos

214 GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Ejecuciones arbitrarias o sumarias Caso hermanos Urrego Gómez («limpieza social») Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A Sentencia de 12 de junio de 2017, Rad. 42693 M. P. Carlos Alberto Zambrano Barrera El 6 de noviembre de 2003, miembros del Ejército Nacional retuvieron a los hermanos Jorge Humberto y José Alberto Urrego Gómez, los llevaron al «Alto de los Santicos» en el municipio de Caicedo, Antioquia y les dispararon. Posteriormente, los militares trasladaron los cuerpos a Medellín y declararon que los hermanos eran guerrilleros del frente 34 de las FARC y que sus muertes se produjeron durante un combate entre la fuerza pública y ese grupo al margen de la ley. Consideraciones jurídicas La muerte de Jorge Humberto y José Alberto Urrego Gómez correspondió al fenómeno de «falso positivo» y a una ejecución extrajudicial u homicidio en persona protegida. Los hechos constituyen una grave violación de derechos humanos, pues se trató de la muerte de dos civiles indefensos que no eran partícipes de hostilidad alguna. La Nación-Ministerio de Defensa, Ejército Nacional incurrió en una falla del servicio, pues los militares que participaron en la muerte de Jorge Humberto y José Alberto Urrego Gómez desconocieron sus obligaciones y desviaron el servicio que les fue encomendado por la Constitución y la ley, al ejecutarlos extrajudicialmente, con armas de dotación oficial y vestirlos con prendas camufladas, para mostrar falsamente que se trataba de guerrilleros dados de baja en combate Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, accedió a las pretensiones de la demanda. Condenó a la Nación-Ministerio de Defensa, Ejército Nacional. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los demandantes. Como medida de reparación no pecuniaria, ordenó: ofrecer disculpas por escrito a los demandantes. Otras providencias - Sentencia de 13 demarzo de 2017, Rad. 47892, M.P. Carlos Alberto Zambrano Barrera . - Sentencia de 15 de julio de 2020, Rad. 52499, M.P. Guillermo Sánchez Luque.

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