Derecho Jurisdiccional Disciplinario
Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 64 ESPAÑA. Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modificó la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Boletín Oficial del Estado. Núm. 155, de 29 de junio de 2013, páginas 48734 a 48766. Recuperado de https://www.boe . es/ eli/es/lo/2013/06/28/4 [Accedido el 20 de octubre 2022]. ESPAÑA. Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial Boletín Oficial del Estado. Núm. 314, de 29 de diciembre de 2018, páginas 129806 a 129826. Recuperado de https://w ww.boe.es/eli/es/ lo/2018/12/28/4 [Accedido el 24 de octubre de 2022]. ESPAÑA. Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Boletín Oficial del Estado. núm. 157, de 02/07/1985. Recuperado de https://www.boe.es/ buscar/act.php?i- d=BOE-A-1985-12666 [Accedido el 20, octubre, 2022]. ESPAÑA. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLENO. «Sentencia número 108/1986, de 29 de julio. Recurso de inconstitucionalidad número 839/1985, promovido por don José María Ruiz Gallardón, Comisionado por 55 Diputados, contra la totalidad de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por vicios de procedimiento, y, subsidia- riamente, contra determinados preceptos de la misma». Boletín Oficial del Estado, de 13 de agosto de 1986, núm. 193 pp. 14-26. Recuperado de: https://n9.cl/8i7eg GUINDAL, C. “Los jueces exigen a Lesmes que rectifique el “palo y la zanahoria” o pre- sente su dimisión”. EL CONFIDENCIAL. 31.03.2014 Recuperado de https://n9.cl/03uo4u [Accedido el 30.10.22]. INTERNATIONAL ASSOCIATION OF JUDJES. Actualización de los Estatutos Uni- versales del Juez. Chile. 2017. Recuperado de https://n9.cl/wgo5yy [Accedido 24 de octu- bre de 2022]. MARTIALAY, A. «El PP coloca a Grande Marlaska en el CGPJ». El Mundo. 25 de noviembre de 2013. Recuperado de: https://n9.cl/zp063 [Accedido el 3 de noviembre de 2022]. NACIONES UNIDAS. OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DRO- GA Y EL DELITO. Viena. Comentario relativo a los Principios de Bangalore sobre la con-
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