Derecho Jurisdiccional Disciplinario

Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 51 Principios de ética judicial en España: pasado, presente y futuro Francisco de Asís Silla Sanchis Vicepresidente Grupo Iberoamericano de la Magistratura (UIM) Resumen El Pleno del Consejo General del Poder Judicial de España, en la sesión celebrada el 16 de diciembre de 2016, aprobó los principios de Ética Judicial. Se terminaba con una de las deficiencias puestas de manifiesto por organismos internacionales y que habían sido parcialmente subsanados de manera provisional y urgente en el acuerdo del Pleno de 25 de febrero de 2016, adhiriéndose a los principios del Código Iberoamericano de Ética Judicial, en tanto en cuanto no se aprobase un código ético propio para la carrera judicial española. La Comisión de Ética, que se constituyó con nuestro Código, ha emitido diversos dictámenes de asesoramiento a los Jueces como respuesta a las consultas que se le han venido formulando. La regulación de los principios y las funciones atribuidas a la Comisión de Ética tiene una finalidad positiva, se configura como un instrumento para la consecución de la excelencia de los integrantes de la carrera judicial, se caracteriza por su carácter proactivo antes que represivo, totalmente diferenciado e independiente del área disciplinaria y pretende, entre otros objetivos, favorecer la confianza de los ciudadanos en la justicia cuando contemplan la conducta del juez, incluso al margen de su actividad jurisdiccional.

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