Derecho Jurisdiccional Disciplinario
Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 32 Como soporte de la labor que a diario realizamos y de la cultura de la prevención, for- talecimiento y posicionamiento, se logró, con un inmenso apoyo del Consejo Superior de la Judicatura y por primera vez desde que existe la jurisdicción disciplinaria, la creación de más de 200 cargos permanentes y el establecimiento de una nueva Seccional, en Casanare. Somos conscientes, que estos cargos no son suficientes para garantizar un servicio de administración de justicia más eficaz y efectivo, en atención a la alta carga laboral que tenemos y al especial papel de ser, juez de jueces. Sin embargo, continuamos tocando puertas, para lograr robustecer nuestra planta de personal, acudiendo al Gobierno Nacional y al Consejo Superior de la Judicatura; reco- nociendo el trabajo tan importante y el gran esfuerzo que han venido realizando nuestros magistrados, en las Seccionales. La Comisión también se ha dedicado, en el presente año, a ajustar su reglamento, a efectos de enfrentar los retos que trajo consigo la Ley 1952 de 2019, e iniciar el camino hacia la certificación en calidad, justicia digital y aprovechamiento de las TICs. Se expidieron los acuerdos necesarios para regular las Salas de decisión, respetar la división de roles, doble instancia, doble conformidad y la forma en la cual, se aplicará el poder preferente por parte de la Corporación. Igualmente, estamos actualizando nuestros procesos y procedimientos, de cara a al- canzar la certificación en calidad y garantizar oportunidad, transparencia y efectividad en los trámites internos y con los usuarios, en aplicación de las normas SIGCMA. La jurisdicción continua el camino de la digitalización de sus expedientes y en general de todos sus trámites, con el fin de alcanzar la aplicación de una justicia digital. Hemos comenzado a desarrollar con el apoyo del Consejo Superior de la Judicatura, programas tecnológicos, que nos permitan la radicación de quejas en línea y un reparto automático y seguro, de los procesos de primera y segunda instancia y también, la remi- sión inmediata, de los asuntos que corresponden por competencia a las Seccionales. Nos encontramos trabajando en un proyecto de acto legislativo, con el fin de que se modifiquen los artículos 156, 254 y 257A de la Constitución para obtener: 1. Cambio de
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