Derecho Jurisdiccional Disciplinario

Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 27 Introducción Derecho Jurisdiccional Disciplinario Diana Marina Vélez Vásquez Presidente Comisión Nacional de Disciplina Judicial Ha pasado 1 año y 7 meses desde la entrada en funcionamiento de la Comisión Na- cional de Disciplina Judicial, periodo en el cual, nos hemos esforzado en dignificar la jurisdicción disciplinaria y recuperar la confianza de la sociedad en la administración de justicia, desarrollando las bases para la operatividad, posicionándonos como lo que somos, una Alta Corte, trabajando como nos corresponde, con compromiso, responsa- bilidad y honestidad, pasando desde la creación de nuestro reglamento, la realización de 150 salas ordinarias y extraordinarias, hasta la expedición de más de 9.368 providencias. Conscientes de que la jurisdicción disciplinaria no solo está concentrada en la Comi- sión Nacional de Disciplina, sino también en nuestras seccionales, hemos visitado una gran mayoría de ellas, para conocer de primera mano sus preocupaciones y necesidades. En ese mismo ejercicio, la Comisión ha querido acercarse al ciudadano de a pie, a la academia, a los estudiantes de derecho y a toda la comunidad jurídica, con, el fin de infor- marles respecto a sus derechos, deberes y obligaciones. A nuestra jurisdicción, le corresponde asumir el especial papel que representa ser, “Juez de Jueces” y de vigilar la conducta de los abogados, por lo que, en un ejercicio constante de diálogo, a partir de este año comenzamos a implementar una cultura de la prevención. Notamos, que, si bien tenemos una función sancionatoria que debemos cumplir con rigor, de manera objetiva con eficiencia y con eficacia, observamos que la imposición de esos correctivos, no resultaban suficientes como mensajes de prevención ni de contención, para quienes de manera reiterada cometen faltas disciplinarias.

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