Derecho Jurisdiccional Disciplinario
Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 269 pero si lo que me resulta claro es que algún bien, al menos en el plano del rendimiento institucional empresarial, les reporta. Y esto vale para todos. Entrar a trabajar un tribunal en un clima ético apropiado, por supuesto, que es mucho más saludable que entrar a trabajar en un tribunal con un clima inadecuado. Cuando hay, en fin, por supuesto, probablemente el empleado nunca se sin- cere, pero seguramente el sinceramiento lo harán en la casa, contra el juez, contra el co- laborador, etcétera. Voy cerrando mi intervención señalando que dado que, la diferencia entre deberes éticos y deberes jurídicos, la ética asumiendo parte de esos deberes jurídi- cos, pero yendo mucho más allá, hoy en día pretendemos, al menos yo dirijo una maestría en magistratura en Derecho Judicial, déjeme “chapear” como decimos en la Argentina, desde hace más de 20 años, en la Austral de Buenos Aires, tengo más de 600 magistrados, 18 ministros de Corte, gente de afuera también, el actual ministro de justicia de Bolivia es egresado mío, bueno en fin. Ahí hemos construido la idea de qué idoneidades le exigimos a un juez y son seis: Primera, la idoneidad cognoscitiva, no científica, cognoscitiva, que sepa el derecho. Pero ya nos dijo Núremberg y la Constitución alemana del 49 saber la ley no es saber de- recho. Entonces, lo primero, idoneidad cognoscitiva. Segundo, la idoneidad aplicativa, prudencial, resolutoria, determinativa o como lo queramos llamar. Lo quiero, no para que, de clases, sino para que aplique el derecho en esos casos. Y uno puede conocer mucho y sin embargo ser un mal juez, un mal abogado, etcétera. Tercero, idoneidad médica o como lo queramos llamar, la idoneidad médica, el estado de salud. ¿En qué sentido? Todas las profesiones requieren de una cierta capacidad en nuestro sistema de salud físico, sobre todo también después hay una idoneidad psicoló- gica, que es la cuarta, pero idoneidad física, ¿por qué? un cirujano exitosísimo, pero de pronto aparece en él el mal de Parkinson, ¿sigue habilitado para seguir operando? obvio que no. Aquel que de pronto conducía, taxi o buses, por cualquier problema se hace ciego, ¿le conservo la capacidad para dirigir buses? por supuesto, a todos nos dará mucha con- moción esta situación, pero el recurso no es que en definitiva los que vayan con él corran riesgo.
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