Derecho Jurisdiccional Disciplinario
Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 202 que tenemos algunas teorías de la moral de carácter deontológico normativo, dentro de las normativas deontológicas, es decir que la moral sería la disciplina que nos dice como uno debe comportarse, conforme a qué principios o a qué normas para actuar correctamente desde punto vista moral, y pues aquí está la respuesta deontológica cuyo prototipo sería Kant. Y las respuestas consecuencialistas, que diríamos también que de alguna forma se encarnan en el modelo utilitarista: la justicia de una decisión o de una norma, se evalúa de acuerdo con las consecuencias a las que da lugar. Y frente a esas condiciones normativas como digo bien deontológicas, bien consecuencialis- tas de lamoral estaría lamoral, la ética como virtud. Voy a hablar demanera indistinta de ética y moral. Sobre esto hay convenciones distintas. Dice que la ética sería como la ciencia de lamoral. Lo voy a usar indistintamente y si alguna vez merece la pena la distinción, así lo haré. Entonces una conexión entre la ética y el derecho es esta: la teoría de la justicia. Pero ahora hay otra que en los últimos tiempos está cobrando una gran importancia y con toda la razón, que es lo que podemos llamar o se suelen llamar como las deontologías jurídicas. O sea que cada vez son más importantes las éticas aplicadas a determinadas profesiones y unas de estas son precisamente las profesiones jurídicas. Es una manera diferente, por así decirlo, de ver el mismo problema de la moral, pero que ahora no se ejemplifican en lo que serían las grandes teorías y los grandes conceptos morales, sino que se ejemplifica tratando de mostrar cómo deben comportarse los pro- tagonistas del derecho, los jueces, los fiscales, los abogados y el resto de los operadores profesionales jurídicos. Entonces esto tiene mucha importancia y por diversas razones, una de ellas es porque desde hace algún tiempo las profesiones jurídicas se han vuelto mucho más complejas, menos uniformes de lo que lo habían sido tradicionalmente. No es que antes naturalmente no hubiese una temática de deontología profesional, pero no había mucha discusión segu- ramente porque, por ejemplo, los jueces, estoy pensando en el caso español, pero creo que esto podemos generalizarlo, pertenecían más o menos a la misma clase social, coincidían en cuanto a las opiniones morales, estaban de acuerdo en cuanto a qué significaba ser un buen juez. Y desde hace un cierto tiempo pues esto ya se ha vuelto también problemático. Hay diversas ideas sobre lo que debe ser un buen juez, hay un debate abierto y entonces esto suscita toda una nueva problemática que es lo que explica también que últimamente haya entrado en vigor muchos códigos éticos.
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