Derecho Jurisdiccional Disciplinario

Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 11 Comisión Nacional de Disciplina Judicial La Comisión Nacional de Disciplina Judicial fue creada mediante el Acto Legis- lativo No. 02 de 2015, que en su artículo 19 modificó el artículo 257 de la Constitu- ción Política y estableció que “La Comisión Nacional de Disciplina Judicial ejercerá la función jurisdiccional disciplinaria sobre los funcionarios y empleados de la Rama Judicial”, de igual forma estableció que “La Comisión Nacional de Disciplina Judicial será la encargada de examinar la conducta y sancionar las faltas de los abogados en ejercicio de su profesión...”. En el mismo artículo se precisó que la Comisión estaría integrada por siete ma- gistrados, los cuales serían elegidos por el Congreso en pleno de ternas enviadas por el Consejo Superior de la Judicatura y el presidente de la República, respectivamente. Del mismo modo, en el parágrafo transitorio 1o se dispuso “Los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial deberán ser elegidos dentro del año siguien- te a la vigencia del presente acto legislativo. Una vez posesionados, los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial asumirán los procesos disciplinarios de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Los ac- tuales magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura ejercerán sus funciones hasta el día que se posesionen los miembros de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial...”. El Congreso de la República en sesión conjunta llevada a cabo el 2 de diciembre de 2020 eligió a los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, quienes fueron posesionados el día 13 de enero de 2021 por el presidente de la República, habilitando plenamente a esta colegiatura para ejercer la función jurisdiccional disci- plinaria a partir de dicha fecha, en su calidad de máximo tribunal en materia discipli- naria y conformando así parte de la Rama Judicial del poder público. El 13 de enero de 2021 iniciaron las labores de este nuevo órgano de la Rama Judicial, con la tarea de ocuparse de más de 5.000 procesos disciplinarios que venía conociendo la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura,

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