Derecho Jurisdiccional Disciplinario

Derecho jurisdiccional disciplinario, desde un enfoque ético, deontológico y preventivo 105 notoriamente el término legal, configura un daño atribuible a la mora en la resolución judicial con independencia de la situación personal del juez. En ese orden la excusa reiterada de la carga excesiva de trabajo -es una falla estruc- tural-, que no es aceptada por el juez internacional, y constituye una omisión grave que conduce a una declaratoria de responsabilidad. El problema radica entonces en determinar cuándo se considera que un plazo es razonable. Con esta perspectiva deben tenerse en cuenta dos criterios: 1) la razonabi- lidad de los plazos utilizados por la autoridad judicial para proferir una providencia, y 2) el tiempo que debe tenerse en cuenta al analizar el comportamiento de la autoridad judicial. Los denominados MASC - mecanismos alternativos de solución de conflictos — son sin dudas una de las más importantes soluciones para lograr disminuir la alta congestión judicial. Fortalecer los mecanismos de autocomposición donde las mismas partes puedan resolver sus conflictos de forma directa, como en la transacción, o acudiendo a un tercero mediador como en la conciliación en derecho o en equidad, todo ello debe ser una tarea constante del Estado. Hoy día las herramientas tecnológicas son los grandes aliados de la modernidad que permiten al mundo moverse y comunicarse a grandes velocidades. La justicia no puede ser ajena a estas herramientas y debe no solo estar a la vanguardia de los avan- ces tecnológicos sino propender por una adecuada dotación de todos los despachos judiciales. En la actualidad es inconcebible tener un despacho judicial carente o con mal internet, con dificultades para conectarse con el ciudadano, o de no poder llevar a cabo una audiencia virtual. El buen uso de las TICs - tecnología de la Información y las Comunicaciones permite acortar tiempos en los trámites judiciales, implementar la oralidad y mejores manejos de los expedientes todo lo cual sin duda redunda en la agilidad y la oportunidad de la decisión. La pandemia del Covid 19, paradójicamente logró un viejo anhelo: la virtualidad de la justicia. El poder contar con expedientes digitales, el realizar los trámites a través de medios tecnológicos, lograr realizar audiencias virtuales sin necesidades de traslados a las sedes de los Despachos Judiciales, todo esto ha permitido optimizar y mejorar la calidad y oportunidad en la decisión judicial.

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