Sentencias y Conversatorios de Género 2022
21 de que era víctima. Finalmente, en el año 2016 Catalina decidió quitarse la vida y, por esos hechos, el hombre fue judicializado bajo el cargo de lesiones personales con perturbación psíquica permanente agravada. El Tribunal, al conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa del procesado, reflexionó sobre la situación que padecen millones de mujeres colombianas a raíz de la violencia de género. Señaló que la víctima por su condición de tal, además de que sufrió las conductas lesivas desplegadas por el padre de su hijo, estuvo inmersa en un círculo de constante revictimización, pues luego de acudir varias veces a diferentes lugares y autoridades para procurar que terminara la violencia reiterada en su contra, no obtuvo resultados efectivos y oportunos. Incluso, como lo indicó su progenitora, una de las razones de su suicidio fue la desesperanza y cansancio en vista de la falta de atención y apoyo de las instituciones, así como también, la lentitud del proceso ante la Fiscalía luego de la denuncia penal que alcanzó a presentar. Destacó que Colombia está comprometida en el orden jurídico internacional a combatir la violencia basada en género. Sin embargo, en este caso no fue suficiente el bagaje normativo, y se puso a la mujer en una situación de completa vulnerabilidad y abandono. Modificó el fallo apelado, condenando a Pedro por el delito de lesiones personales agravadas y ordenando iniciar el proceso de restablecimiento de los derechos del menor hijo que tuvo con la fallecida Catalina.
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