Sentencias y Conversatorios de Género 2022
118 temor alegado, pues, nadie se permanece cerca de la fuente de la amenaza. Sin embargo, fue necesario descartar el ataque de los opositores, quienes trajeron en sus declaraciones muchos aspectos de su vida privada que la denigraban como mujer en su dignidad, ya que atribuían la causa de la venta de los predios a los amoríos que había tenido la solicitante y el derroche del dinero obtenido en la explotación de los predios. Frente a ello, esta Sala, como ya se dijo, desestimó lo manifestado por los opositores y las pruebas que tendían a ello, con el fin de proteger la integridad moral de la solicitante y su dignidad como mujer. Incluso, en este proceso se reprocha como la funcionaria judicial no advirtió esta circunstancia y corrigió el rumbo que estaba tomando el interrogatorio hecho a la solicitante. De otro lado, no podemos obviar que las mujeres rurales son también víctimas de discriminación en materia de acceso a créditos, insumos agrícolas y demás elementos que se requieren para ejercer de manera eficiente la explotación de un predio. Esta discriminación es una clara fuente de pobreza para la mujer rural, quien no es vista por la sociedad con la capacidad suficiente para emprender y desarrollar actividades que tradicionalmente han sido consideradas como del hombre. En este ámbito se impone un deber de protección y desmonte gradual de normas legales y administrativas con clara desventaja hacia la mujer. Las estadísticas obtenidas por el Ministerio de Agricultura reflejan esta situación: Situación de la pobreza en la población femenina • El 40,4% de los hogares rurales con jefatura femenina son pobres por privaciones en sus condiciones de vida (pobreza multidimensional), frente al 33,6% de los hogares rurales con jefatura masculina y el 12,4% de los hogares urbanos con jefatura femenina. • El 40,5% de las personas en hogares rurales con jefatura femenina están en condición de pobreza monetaria, frente al 34,7% de las personas en hogares rurales con jefatura masculina y el 27,6% en hogares urbanos con jefatura femenina. • El 19,8% de las personas en hogares rurales con jefatura femenina están en condición de pobreza monetaria extrema, frente al 14,0% de las personas
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