Sentencias y Conversatorios de Género 2022
101 La línea de violencias y acceso a la justicia se enmarca en los postulados establecidos en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, más conocida como la Convención de Belem Do Pará. Este instrumento de derecho internacional consagró a favor de las mujeres el derecho a una vida libre de violencias tanto en el ámbito público como privado (artículo 3), el cual genera para los Estados la obligación correlativa de garantizar tan trascendental derecho que compromete, la dignidad humana y la propia supervivencia. Colombia ratificó esta Convención y en consecuencia se obligó a poner en marcha todos los mecanismos y protocolos que forman parte de esta. En desarrollo del anterior compromiso internacional y con el fin de hacer realidad para las mujeres colombianas, una vida libre de violencias, se han adoptado diversas medidas tanto normativas como administrativas y judiciales. En ese orden, la Ley 1257 de 2008 fue creada para atender específicamente la problemática de violencias contra las mujeres por razón del género, sensibilizar, prevenir y sancionar toda acción u omisión que cause daño físico, psicológico, sexual, patrimonial y económico. Su objeto es adoptar normas que permitan garantizar que las mujeres colombianas tengan una vida libre de violencias tanto en el ámbito público como en el privado, además que puedan ejercer los derechos que les han sido reconocidos tanto en la legislación interna como internacional, tener acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos que garantizan ese ejercicio de sus derechos y buscar la adopción de medidas desde las políticas públicas. En lo que respecta a la línea de mujer y participación política se genera en virtud de lo establecido en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) aprobada por Colombia. Este instrumento de derecho internacional ha reconocido que la eliminación de la discriminación contra las mujeres en la vida pública y privada implica la obligación de los Estados de garantizar el derechoa la igualdad de acceso a las funciones públicas y a participar en los asuntos públicos y toma de decisiones. En la actualidad, en Colombia, la representación de gobernadoras, en el total de departamentos, es igual a 6,25%; mientras que la participación de alcaldesas, en el total de municipios, es del 12,01% (RNEC & Onu-mujeres, 2019).
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz