Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2
V. Función pública y régimen prestacional y de seguridad social 59 territorial fue modificada por las leyes 344 de 1996 y 362 de 1997, por tanto, la ley 6a. de 1945 y las demás disposiciones que la modificaron y complementaron, rigen exclusivamente para quienes tengan situaciones consolidadas con anterio- ridad a la vigencia de las leyes 100 y 344 respectivamente”. Teniendo en cuenta lo anterior se concluye que el demandante no tiene derecho a que se le aplique el régimen pensional especial consagrado para los Congresistas pues si bien antes de la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991, el régimen aplicable a los Diputados y a los Miembros del Congreso era el aplicable a todos los servidores públicos, el mismo cambió a partir de la Reforma Constitucional, siendo aplicable a los primeros las disposiciones generales contenidas en la Ley 100 de 1993 y normas anteriores que no fueron derogadas, en los casos en que se aplique el régimen de transición dispuesto en el artículo 36 ibidem. Diputados. Régimen salarial, prestacional y de seguridad social Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 23/02/2011 Radicado: 47001-23-31-000-2003-01277-01(2341-08) Ponente: Bertha Lucía Ramírez de Páez Otras sentencias que citan los mismos conceptos: Sentencia del 29/11/2012. Rad. 73001-23- 31-000-2011-00561-01(1758-12)/ Sentencia del 09/11/2017. Rad.41001-23-31-000-2011- 00192-01(1490-15 )/ Sentencia del 08/02/2018. Rad.41001-23-31-000-2011-00136-01(4122- 15)/ Sentencia del 17/05/2018. Rad.81001-23- 39-000-2015-00052-01(4728-16)/ Sentencia del 26/07/2018. Rad.41001-23-31-000-2011-00109- 02(2783-15)/Sentenciadel06/09/2018.Rad.23001- 23-33-000-2013-00009-01(2540-14) Conceptos citados: Sala de Consulta y Servicio Civil Fechas: 14/05/1992 y 25/11/1998 Radicados: 444 y 1166 Ponentes: Javier Henao Hidrón y Javier Henao Hidrón
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