Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2
VIII. Otros asuntos 445 Precedente judicial. Efectos a futuro Auto: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 13/05/2015 Radicado: 25000-23-42-000-2012-01645-01(0932-14) Ponente: Gerardo Arenas Monsalve Otras providencias que citan el mismo concepto: Autodel 16/07/2015. Rad. 25000-23-42-000-2013- 00485-02(1656-15 ) / Sentencia del 16/03/2017. Rad. 76001-23-33-000-2013-00063-01(2710-15) / Sentencia del 17/05/2018. Rad. 76001-23-31- 000-2012-00091-01(1482-17) / Sentencia del 17/05/2018. Rad. 76001-23-31-000-2013-00520- 02(1289-17) / Sentencia del 21/06/2018. Rad. 76001-23-33-000-2012-00207-02(3485-17) / Sen- tencia del 20/09/2018. Rad. 63001-23-33-000- 2012-00087-01(4576-13) Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 16/02/2012 Radicado: 2069 Ponente: William Zambrano Cetina Ahora bien, con la presente demanda la actora pretende que se declare la nulidad de la Resolución No. UGM051193 de 2012, proferida por CA- JANAL EICE en liquidación y que se reliquide su pensión de jubilación con inclusión de la prima de riesgo. Asimismo se encuentra que la demandante fundó su pretensión en la vulneración del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, además de la normati- va antes anotada y la nueva jurisprudencia del Consejo de Estado 873 , en tanto dispuso que la prima de riesgo de los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, debe ser tenida en cuenta como fac- tor para el reconocimiento de las pensiones de jubilación o de vejez de quienes sean sujetos del régimen de transición pensional. Considera la Sala que en cuanto al cambio de jurisprudencia, no es razón suficiente para sustentar que la causa petendi entre la sentencia existente y el presente proceso difiere una de la otra, por cuanto el pre- 873 Cita original n.º 3: Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia de 15 de agosto de 2013, M.P Gerardo Arenas Monsalve. Actor: Actor: Héctor Enrique Duque Blanco
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