Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 426 ordinario (artículo 1). La misma norma señala que las tasas certificadas deben expresarse en términos efectivos anuales y rigen por el período correspondiente, previa publicación del acto administrativo. El artículo 3 del Decreto 519 de 2007 dispone que en los eventos en que los intereses se encuentren definidos en la ley o el contrato en función del interés bancario corriente, tales como los intereses de mora que se deban por concepto de tributos, obligaciones parafiscales u obligacio- nes mercantiles de carácter dinerario diferentes de las provenientes de las operaciones activas de crédito, “ únicamente deberá tenerse en cuenta el interés bancario corriente certificado para el crédito de consumo y ordinario” . Juntas médicas laborales. Plazo para impugnar dictámenes Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 21/11/2011 Radicado: 13001-23-31-000-2003-00315-01(1188-08) Ponente: Luis Rafael Vergara Quintero Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 22/04/2004 Radicado: 1558 Ponente: Gustavo Aponte Santos Luego del anterior análisis es pertinente traer a colación las condiciones que la Ley impone a los actores que se conjugan en la convocatoria del Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, para lo cual es necesario relacionar el siguiente articulado del Decreto Ley 094 de 1989 855 . “Artículo 25º. - Tribunal Médico - Laboral de Revisión Militar y de Policía. El Tribunal Médico - Laboral y de revisión, es la misma autoridad en materia Médico - Militar y policial. Como tal conoce en última instancia de las reclamaciones que surjan contra las decisiones de las Juntas Médico - Laborales. 855 Cita original n.º 3: “por el cual se reforma el estatuto de la capacidad sicofísica, incapa- cidades, invalideces e indemnizaciones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, soldados, grumetes, agentes, alumnos de las Escuelas de Formación y Personal Civil del Ministerio de Defensa y Policía Nacional”,

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