Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2
Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 414 judiciales y administrativas; b) el juzgamiento se debe hacer conforme a las leyes preexistentes; c) el juzgamiento se debe hacer ante juez o tribunal competente; d) con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio; e) se cumple sin dilaciones injustificadas; f) da la posibilidad de solicitar prue- bas y de controvertir las que se alleguen en contra; g) es nula de pleno derecho la prueba obtenida con violación del debido proceso; h) posibilita la impugnación de sentencias, y i) prohí- be el juzgamiento dos veces por el mismo hecho. De esta mane- ra, el debido proceso se puede violar, por ejemplo, si se imparte a la demanda un trámite distinto al que corresponda; no se notifica en debida forma al demandado o a su representante el auto admisorio de la demanda; se incumplen los términos; se pretermite la posibilidad de pedir pruebas o se rechazan los recursos sin justificación alguna.” Las pruebas constituyen el derecho de las partes que acuden a un pro- ceso y principalmente el fundamento de toda pretensión u oposición, en tanto corresponde a la parte actora probar los fundamentos de hecho de su demanda y a la parte demandada los de su excepción o defensa, de donde se erige la realidad jurídica de las partes frente a la Ley, proporcio- nando al juez o funcionario certeza a la hora de fallar. Derechos adquiridos y meras expectativas. Diferencias Sentencia: Consejo de Estado. Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Fecha: 03/09/2013 Radicado: 17001-33-31-001-2009-01566-01(IJ) Ponente: Mauricio Fajardo Gómez Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 08/07/1996 Radicado: 829 Ponente: César Hoyos Salazar En línea con lo anterior, la Sala de Consulta y Servicio Civil, también ha considerado: “1.3 Derechos adquiridos. Por derecho adquirido, conocido también como situación jurídica concreta o subjetiva, han en-
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