Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

357 VII. Entidades territoriales Empleados de carrera administrativa del Distrito Capital. Régimen jurídico Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 25/02/2000 Radicado: 44582-1635-99 Ponente: Carlos Arturo Orjuela Góngora Otra sentencia que cita el mismo concepto: Sentencia del 06/07/2011. Rad. 25000-23-25- 000-2001-09083-01 (2347-08) Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 15/04/1994 Radicado: 586 Ponente: Javier Henao Hidrón A continuación la Sala debe ocuparse del tema concerniente a la clase de carrera administrativa que corresponde a los servidores del Distrito Especial de Santafé de Bogotá. Al efecto resulta muy conveniente trans- cribir lo manifestado en el prenotado concepto: “La ciudad de Bogotá, capital de la República y del depar- tamento de Cundinamarca, desde la expedición del decreto legislativo 3640 de 1954, dictado en desarrollo del Acto Legis- lativo número 1 de 1945, comenzó a tener un régimen jurídi- co especial, distinto al de los restantes municipios del país. “Empero, el tema específico relacionado con la carrera ad- ministrativa apenas empezó a incidir en la organización del personal vinculado al nivel nacional del Estado, cuando el Gobierno decidió impulsar el mandato constitucional respec- tivo, proveniente del constituyente de 1957, mediante la ex- pedición de los decretos 2400 y 3074 de 1968. Fue entonces cuando el nuevo estatuto orgánico de Bogotá o decreto-ley 3133 del mismo año, simultáneamente quiso que en la ca- pital del país rigiera también la carrera administrativa, pero confiriendo el poder regulador al Concejo Distrital de esa ciu- dad. “Aquel mandato legal encontró desarrollo en el Acuerdo 12 de 1987, “por el cual se adopta la Carrera Administrativa para la Administración Central en el Distrito Especial de Bogotá.”

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