Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

Los conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado 334 la sociedad el derecho al uso y goce común de dichos bienes, como que restituir equivale a restablecer o poner una cosa en el estado que antes tenía y, por tanto, el ejercicio de aquella función de policía restringe la actividad de los individuos en procura del bienestar general 789 ”. Caja de Vivienda Popular de Bogotá. Naturaleza jurídica Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 22/10/2009 Radicado: 25000-23-25-000-2001-90476-01(0279-06) Ponente: Víctor Hernando Alvarado Ardila Concepto citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 18/10/2001 Radicado: 1372 Ponente: César Hoyos Salazar Esta Corporación, al resolver la consulta elevada por parte del Ministro del Interior de esa época referente a si la Caja de Vivienda Popular de Bo- gotá era un establecimiento público o una empresa industrial y comercial del Estado, respondió que dicha entidad, conforme al acto administrativo de creación, es un establecimiento público del orden distrital con base en los argumentos que se resumen así 790 : “Como se aprecia, la creación de la Caja de Vivienda Popu- lar corresponde a la de un establecimiento público, ya que fue creada por el Concejo Municipal de Bogotá, mediante el acuer- do No. 20 de 1942, como una persona jurídica autónoma en- cargada del servicio público de suministro de viviendas a los trabajadores, de conformidad con las leyes 46 de 1918, 99 de 1922, 19 de 1932, 61 de 1936, 23 de 1940 y el decreto extraordinario 380 de 1942, y asumió una obligación del Muni- cipio en este campo referida por las leyes mencionadas. Es oportuno señalar que para la época de la creación de la Caja de Vivienda Popular no existían, en la estructura jurídi- 789 Cita original n.º 47: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, sentencia del 26 de marzo de 1998, exp. 1089, C.P. Javier Henao Hidrón. 790 Cita original n.º 2: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Radicación No. 1372 de 18 de octubre de 2001 Consejero Ponente: Dr. César Hoyos Salazar.

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