Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

VI. Hacienda Pública, bienes del Estado y tributos 325 El Acuerdo 48 de 1982 reguló la participación nacional y la suma adicional respecto del aprovechamiento forestal en bos- ques de dominio público, con lo cual se ajustó a los artículos 220 y 221 del Código de Recursos Naturales; incluyó los bosques de dominio público y dominio privado en las reglas sobre la tasa por servicios técnicos de administración y supervisión forestal; y reguló las tasas de renovabilidad del recurso forestal y la tasa de investigación forestal, para los bosques de dominio público solamente; luego, mediante el Acuerdo 36 de 1993, amplió es- tas últimas tasas a los bosques de dominio privado.(…)” 779 Anudado a lo anterior, el artículo 18 del Decreto 2811 de 1974 780 , dispuso que la utilización directa o indirecta de los recursos naturales que sean resultado de actividades lucrativas podrán sujetarse al pago de tasas re- tributivas de servicios de eliminación o control de las consecuencias de las actividades que afectan el medio ambiente. Así mismo, determinó que podían fijarse tasas compensatorias para renovar los recursos naturales, competencia que como se dijo, fue asignada en su momento al INDERE- NA mediante el Decreto 133 de 1976. En ese orden de ideas, de la comparación de normas no se deprende pri- ma facie que el INDERENA se haya extralimitado en competencias al fijar las tasas de servicios técnicos de administración y supervisión forestal, la tasa adicional para los permisos de aprovechamiento forestal únicos, la tasa destinada a la investigación forestal, la tasa por aprovechamiento de la Palma Naidí, y la tasa de renovabilidad del recurso forestal en los actos demandados, dado que tales fueron expedidas de conformidad con el literal g del artículo 38 del Decreto 133 de 1976 en concordancia con las facultades extraordinarias entregadas por el Congreso de la República al Ejecutivo en la Ley 28 del 20 de diciembre de 1974. Tasas retributivas. Cobro de intereses Sentencia: Consejo de Estado. Sección Primera Fecha: 20/06/2012 Radicado: 76001-23-31-000-2006-00319-01 Ponente: María Elizabeth García González 779 Cita original n.º 24: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Sentencia del 21 de agosto de 2008, Consejero Ponente: Enrique José Arboleda Perdomo. Expediente radicado número: 11001-03-06-000-2008-00031-00(1896). 780 Cita original n.º 25: Folio 5.

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