Conceptos en la jurisprudencia del Consejo de Estado Tomo 2

VI. Hacienda Pública, bienes del Estado y tributos 271 Bienes de uso público. Prohibiciones en su destinación Sentencia: Consejo de Estado. Sección Segunda Fecha: 19/01/2017 Radicado: 11001-03-25-000-2011-00063-00(0188- 11) Ponente: César Palomino Cortés Concepto Citado: Sala de Consulta y Servicio Civil Fecha: 04/09/2007 Radicado: 1845 Ponente: Enrique José Arboleda Perdomo Adicionalmente, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Es- tado, en el concepto del 4 de septiembre de 2007 728 , precisó que no es legalmente posible la utilización de los bienes pertenecientes al patrimo- nio de las entidades estatales para actividades de proselitismo político, verbigracia, arrendar el Teatro Imperial para realizar un evento como el que se llevó acabo el 16 de enero de 2006. En ese orden de ideas, la Sala concluye que la interpretación que hizo el operador disciplinario sobre el Acuerdo 10 de 2005, dictado por el Consejo Superior de la Universidad de Nariño, se adecuó al ordenamiento jurídico y al precedente jurispruden- cial, por esta razón el demandante como director e integrante del Comité Directivo del Teatro Imperial desconoció la finalidad del uso de ese recinto, consistente en la promoción de activi- dades culturales, artísticas y académicas entre las que no se encuadran los sucesos políticos de propaganda electoral, como el lanzamiento de una aspiración de un candidato a la Cámara de Representantes y, el hecho de haberse realizado unas pre- sentaciones de música y danza no se erigen en un acto cultural que desdibuje el acto central de proselitismo político. (…) Sobre este aspecto destaca la Sala, que dentro de las funciones del Co- mité Directivo del Teatro Imperial se encuentran las descritas en los lite- rales a) y b) del artículo 3 del Acuerdo 010 de 2005, y si bien el literal a) 728 Cita original n.º 21: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, M.P. Enrique José Arboleda Perdomo, radicación 11001-03-06-000-2007-00069-00 y número inter- no 1845.

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